Mensajepor criacuervos » Mar Nov 08, 2011 11:08 am
No prescriben los juicios iniciados, y tampoco cuya serie de bonos tengan Action Class , ya que la accion de clase hace comun el juicio a tod aquel tenedor de ese titulo en particular. Tampoco prescribirian aquellos bonos cuyos vencimientos finales de capital operasen en años poesteriores al 2.001, en tal caso, y es muy discutible, la prescripcion solo operaria respecto a los cupones de intereses de ese año. Ademas, puede interrupirse o suspednerse el curso prescriptivo mediante intimacion fehaciente extrajudicial en la que el tenedor haga saber su reclamo y voluntad de cobro. No obstante, sigue siendo una locura que un pais no tenga credito, tenga que pagar con reservas, pague el triple de intereses, siga excluido de los listados finacieros, y siga inhibido y enmbargado, solamente por un capricho estupido que le sale mucho mas caro en terminos reales, que haber arreglado el default con una simple refinanciacion como hicieron todos los paises defaultiados del mundo.