MaestroRoshi escribió: ↑ Hoy llevé AY24D a 0.335 , un poco de TJ20 para cobrar cupón y algo de AF20.
tambien a 33,5, lleve algo...
MaestroRoshi escribió: ↑ Hoy llevé AY24D a 0.335 , un poco de TJ20 para cobrar cupón y algo de AF20.
paisano escribió: Tampoco me da
hernan1974 escribió: ↑ las van a tomar a valor tecnico pesificado en futuros canjes ... hay que ver en ese momento cuanto es la brecha oficial vs mep .. hoy seria negocio
Mongo Aurelius escribió: ↑ Podrás tener FALLO favorable, pero eso no implica cobrar la deuda en vida. A los cubanos precastistas les han fallado a favor en todos los tribunales de Florida, pero hasta el día de hoy no sé de ningún caso en el que les hayan devuelto los bienes.
Yo prefiero el corto plazo, quiero mi capital líquido y disponible, confío más en mi efecto multiplicador en inversiones que en los tiempos de la justicia.
paisano escribió: Siempre me empantano con el formuleo a usar, me empantano con la tasa y los periodos de tiempo.
Para el caso del 10% como se lo calcula, yo hago asi
al 08/4 son 28 días y al 08/10 son 211 días.
VAN 10% = 4/(1+10%/365*28) + 104(/(1+10%/365*211) = 102,29
VAN 20% = 4/(1+20%/365*28) + 104(/(1+20%/365*211) = 97.16
VAN 100% = 4/(1+100%/365*28) + 104(/(1+100%/365*211) = 69.82
VAN 513% = 4/(1+513%/365*28) + 104(/(1+513%/365*211) = 29.10 lo cual evidencia que lo que hago esta mal ya que si uso la TIR para el cálculo de la tasa de descuento me tiene que dar un VAN de 40.
Evidentemente hago algo mal con las fechas y la manera de considerar el interés ya que los valores son anuales y el pago es semestral.
¿Podrías aclararme como lo haces vos y si podes poner el detalle? Gracias
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