Mensajepor delsurarg » Mar Oct 26, 2010 3:08 pm
Hace un tiempo hubo un intercambio de ideas respecto a la liquidación de la renta de títulos en dólares.
En mi caso, el Banco que opero ya me liquidó en pesos los dividendos de TS y APBR.
Ahora, también quieren hacer lo mismo, pero con la renta del BDED aduciendo:
"El Banco se basa en la Com. A 4717 (la cual adjunto).
Las rentas percibidas por un residente en una cuenta del exterior no están sujetas al ingreso y liquidación en el MULC, las puede mantener indefinidamente en la cuenta del exterior en la moneda extranjera correspondiente.
Si el residente por su voluntad exclusiva decide traer esos activos al país, está sujeto a las normas de repatriación de inversiones en el exterior debe cumplir con las disposiciones de la Com. 4717 y complementarias y realizar la correspondiente venta de las divisas en un banco local"
No comprendo de qué p... repatriación hablan si es un bono provincial.
Adradezco opiniones respecto a este tema que, supongo, comenzará a romperle las p a varios.
Adjunto la resolución que aluden
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