eldesignado escribió:¿rameras?
claro, 30 rameras nunca serían para uso personal, no hay amigo que aguante!
eldesignado escribió:¿rameras?
guilleg escribió:Estamos hablando de otro tema. el cupón del AL16 dio 27.9% y no podemos llegar a esa cifra, siendo que debe ser el promedio aritmético de las licitaciones de Lebac a 252 días desde el 3/12/15 hasta 3/03/16. Ni siquiera coincide aunque se tome la tasa efectiva anual de 27.9%.
rodrigocabj12 escribió:vuelve el puerta a puerta para compras en el exterior
Bonus Leo escribió:Como calculas tasa efectiva de una lebac? De donde sale ese 7,2% adicional?
guilleg escribió:
No es la idea. La tasa de la lebac es nominal. Ejemplo: 38% equivale a 45.2% efectiva. Lo mismo con las de 252 días. En las condiciones de emisión del AL16 no dice que es tasa efectiva. En fin, habrá que ver otros bonac cómo los liquidan. Debería dar exacto el promedio, si no es trampa.
eldesignado escribió:¿rameras?
cuat escribió:Si traés 30 rameras del mismo modelo con talles XS, S, M, L, XL es difícil argumentar que es de uso personal y no para reventa. Tiene que ser de uso personal del pasajero. Los funcionarios de aduana viven cazando coimas.
dakade escribió:Esto es cierto, pero siempre y cuando la tasa se mantenga constante y reinviertas.
Luis XXXIV escribió:En mi caso no hubo dilema: liquidé los linked/acciones y coloque caución a distintos plazos.
guilleg escribió:No es la idea. La tasa de la lebac es nominal. Ejemplo: 38% equivale a 45.2% efectiva. Lo mismo con las de 252 días. En las condiciones de emisión del AL16 no dice que es tasa efectiva. En fin, habrá que ver otros bonac cómo los liquidan. Debería dar exacto el promedio, si no es trampa.
elushi escribió:esta lindo para colocar un dinero ahi, pero seguramente pronto bajen...a esas tasas quien hace negocios?? hablo del tomador
amenjar escribió:En este momento no tengo la serie de tasas a mano, pero creo acordarme de que las dos licitaciones anteriores tenían tasa superior al 30%.
El tema debe pasar por algo que vos comentaste antes. La tasa de las lebac debe ser efectiva y la tasa del aviso de pago debe ser nominal.
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