PAPU07 escribió:Entonces si en mi comitente coloco 490 mil $ en caucion ( supongamos a 21 dias) y voy renovando segun la tasa mas alta, NO pagaria NADA ? ?
Eso ya es seguro ? ?
Y si tengo dos cauciones diferentes que superen 500 lucas![]()
Entiendo que las cauciones siguen con el mismo régimen.
Las cauciones no tienen el trato fiscal de los bonos, por lo que se le aplica el régimen general de impuesto a las ganancias.
Esto es: declaración anual y alícuota del 35% (luego de mínimos, deducciones generales y especiales que prevee la ley).
Ojo !