Títulos Públicos

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Tete2017
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor Tete2017 » Jue Feb 15, 2018 2:37 pm

paisano escribió:Eso lo había leido tambén pero no entendí la última parte, la que dice

"......deberán declararlo ante el servicio aduanero mediante el formulario OM.2249-A, al momento de su ingreso al país, de acuerdo con las siguientes limitaciones....."

A que se refiere con "las siguientes limitaciones", si a que se debe declarar todo valor entre 0 y 10.000 como máximo, o a que se debe declarar todo valor superior a 10.000 pero no si es inferior.

Hola, vos podes tener encima 9999.99 U$S (o tipo de cambio en moneda, de acuerdo a valor del BNA) y si te requisan, te van a tener q dar las gracias y dejarte ir con todo el dinero. Si vos tenes 10000 o 10001 U$S encima y no lo declaraste, te deberian (no q lo hagan en este pais) incautar todo el mismo e iniciarte causa judicial.

Para los menores el limite es de 5000.

En criollo 10000 o mas, llenas formulario y declaras, 9999.99 o menos, pasas como pancho. Eso si, no tengas 1 dolar perdido en el bolsillo de atras q sume justo 10000 porq cagas.te jejeje

deacá
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor deacá » Jue Feb 15, 2018 2:37 pm

Lo que dice Tete es tal cual lo que se puede encontrar en la web de Afip.

Agrego que ese limite es la suma de valores= dolares+pesos+euros al cambio oficial, así que si vas a pasar con 10mil verdes, el cambio para el taxi o estacionamiento, guardalo como Papillón

chare
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor chare » Jue Feb 15, 2018 2:35 pm

19.69 :abajo: derrape lindo sin compradores

paisano
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor paisano » Jue Feb 15, 2018 2:32 pm

Tete2017 escribió:Ingreso y egreso de valores
Ingreso de dinero en efectivo e instrumentos monetarios dentro del territorio argentino
Los viajeros que ingresen al territorio argentino dinero en efectivo y/o instrumentos monetarios, en moneda extranjera o nacional de curso legal, deberán declararlo ante el servicio aduanero mediante el formulario OM.2249-A, al momento de su ingreso al país, de acuerdo con las siguientes limitaciones:

Mayores de 16 años o emancipados: U$S10.000.
Menores de 16 años no emancipados: U$S 5.000.
Estos límites se computarán por cada viajero o tripulante.

Eso lo había leido tambén pero no entendí la última parte, la que dice

"......deberán declararlo ante el servicio aduanero mediante el formulario OM.2249-A, al momento de su ingreso al país, de acuerdo con las siguientes limitaciones....."

A que se refiere con "las siguientes limitaciones", si a que se debe declarar todo valor entre 0 y 10.000 como máximo, o a que se debe declarar todo valor superior a 10.000 pero no si es inferior.

Tete2017
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor Tete2017 » Jue Feb 15, 2018 2:20 pm

Obviamente q si ingresas 1 dolar menos aunque sea de esos limites, no estas obligado a declarar nada.

A la aduana no le importa una mier.da si es legal, ilegal o que ese dinero, y no tenes obligacion de demostrarlo (siempre q entres por debajo del limite)

Espero te haya servido la respuesta.

Tete2017
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor Tete2017 » Jue Feb 15, 2018 2:18 pm

paisano escribió:Quiero hacer una consulta que no tiene nada que ver con los Títulos Públicos pero no sé donde meterlo, así que se me ocurrió hacerlo acá que es un tema visitado por Darío entendido en temas impositivos.

Supongamos que quiero traer dólares del exterior, hasta u$d 10.000 tengo entendido que no hay obligación de declararlo, ahora bien, si no soy yo el portador de esa suma, no porque quiera ingresar una cantidad mayor y la reparto entre varios, ¿es legal que alguien que viaja al exterior al regreso te traiga los u$d 10.000 y te los entregue a vos o esa manera de ingresarlo es legalmente una infracción ó al menos cuestionable por los recaudadores ó por la justicia?, y también supongamos que esa maniobra se realiza varias veces a los largo de digamos por ejemplo 10 años y te traes u$d 100.000, la única cuestión es que no es el autentico dueño del dinero el que lo ingresa es otra persona, digamos que oficia de correo.

Lo consulte con el abogado y me dijo que no es legal, pero como lo conozco no le tengo mucha fe a su comentario, por eso hago la pregunta, por ahí alguno me puede orientar.

Aclaro también que traerlo de una pagando comisión es algo que esta fuera de toda consideración.

Gracias por los comentarios.


Hola veo q como siempre en este foro responden cualquier pelotu.des a las pregutnas q realizan.

Asi q paso a responderte con la ley, como debe ser


IMPOSITIVA
ADUANA
SEGURIDAD SOCIAL
Ingreso y egreso de valores
Ingreso de dinero en efectivo e instrumentos monetarios dentro del territorio argentino
Los viajeros que ingresen al territorio argentino dinero en efectivo y/o instrumentos monetarios, en moneda extranjera o nacional de curso legal, deberán declararlo ante el servicio aduanero mediante el formulario OM.2249-A, al momento de su ingreso al país, de acuerdo con las siguientes limitaciones:

Mayores de 16 años o emancipados: U$S10.000.
Menores de 16 años no emancipados: U$S 5.000.
Estos límites se computarán por cada viajero o tripulante.

Espero te sirvas, y no le des bola a las estupi.deces q dicen algunos

guilleg
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor guilleg » Jue Feb 15, 2018 1:48 pm

La tasa 2.9% y suben las paridades y la RV, que alguien me explique que pasa, o es una mas de Alfil, la realidad siempre te sorprende...

dakade
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor dakade » Jue Feb 15, 2018 12:25 pm

AlanT escribió:Otro sorete que apuesta a que el pais se haga teta. Y si arman un partido y ganan las elecciones? Ah, no, mala mía, ya trataron y perdieron como en la guerra :lol:

No bajaron la tasa(ni en pesos ni en dólares), no bajaron la inflación, no bajaron la emisión, no bajaron el déficit. No pegó una una este gobierno...mi mujer es más Macrista que anti K y el otro día entre la discusión de chicas bien y macristas dijo un Mugricio Lacri, están perdidos mi amigo.
El que apuesta a que el país se haga bos** es Caputo, que era tenedor de bonos en default y negoció el arreglo de pago y se emitió a la carta un bono a tasa altísima a 100 años.

Pamping
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor Pamping » Jue Feb 15, 2018 12:19 pm

Muy bueno www.bort.com.ar !!!
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Z37A
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor Z37A » Jue Feb 15, 2018 12:11 pm

DiegoYSalir escribió:tambien tengo entendido que es por grupo familiar, si te vas con mama, papa, hijos, etc no podes entrar con 10 lucas x capucha... creo creo que sería 10 lucas x gru-pete

10 por persona y 5 si es menor de edad.... eso tenia entendido yo, que no era grupo familiar, pero si que se sumaba en grupo familiar lo de cada uno, ejem familia de 2 adultos y 2 menores, uno puede mover 30 mil usd, no es que cada uno tenga que tener su parte.... Que esto aclare bien alguno por las dudas!

DiegoYSalir
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor DiegoYSalir » Jue Feb 15, 2018 12:08 pm

Z37A escribió:Si la procedencia del dinero es legal, estaba declarado y todo no tendrias que tener problema de venirte con todo junto en un maletin, obvio, antes pasa con el comprobante dle origen por el mostrador correspondiente en aeropuerto....

Ahora si el dinero no estaba declarado y su procedencia es dudosa, venga en 10 personas con 10mil cada uno o uno solo con 1000 siquiera, y si es ilegal! Ahora si cada persona ingresa menos de 10mil luego aca se los da a alguien es cosa privada de ellos.... eso si, si alguno se arrepiente de darte esos 10mil no tenes nada legal para reclamar!

tambien tengo entendido que es por grupo familiar, si te vas con mama, papa, hijos, etc no podes entrar con 10 lucas x capucha... creo creo que sería 10 lucas x gru-pete

Pamping
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor Pamping » Jue Feb 15, 2018 12:03 pm

@Moratoria : con estos valores bajo la par, necesitamos esos gráficos y rendimientos cada 100U$ a futuro!!!
Se agradece. :100:

Z37A
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor Z37A » Jue Feb 15, 2018 11:53 am

paisano escribió:Quiero hacer una consulta que no tiene nada que ver con los Títulos Públicos pero no sé donde meterlo, así que se me ocurrió hacerlo acá que es un tema visitado por Darío entendido en temas impositivos.

Supongamos que quiero traer dólares del exterior, hasta u$d 10.000 tengo entendido que no hay obligación de declararlo, ahora bien, si no soy yo el portador de esa suma, no porque quiera ingresar una cantidad mayor y la reparto entre varios, ¿es legal que alguien que viaja al exterior al regreso te traiga los u$d 10.000 y te los entregue a vos o esa manera de ingresarlo es legalmente una infracción ó al menos cuestionable por los recaudadores ó por la justicia?, y también supongamos que esa maniobra se realiza varias veces a los largo de digamos por ejemplo 10 años y te traes u$d 100.000, la única cuestión es que no es el autentico dueño del dinero el que lo ingresa es otra persona, digamos que oficia de correo.

Lo consulte con el abogado y me dijo que no es legal, pero como lo conozco no le tengo mucha fe a su comentario, por eso hago la pregunta, por ahí alguno me puede orientar.

Aclaro también que traerlo de una pagando comisión es algo que esta fuera de toda consideración.

Gracias por los comentarios.

Si la procedencia del dinero es legal, estaba declarado y todo no tendrias que tener problema de venirte con todo junto en un maletin, obvio, antes pasa con el comprobante dle origen por el mostrador correspondiente en aeropuerto....

Ahora si el dinero no estaba declarado y su procedencia es dudosa, venga en 10 personas con 10mil cada uno o uno solo con 1000 siquiera, y si es ilegal! Ahora si cada persona ingresa menos de 10mil luego aca se los da a alguien es cosa privada de ellos.... eso si, si alguno se arrepiente de darte esos 10mil no tenes nada legal para reclamar!

guilleg
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor guilleg » Jue Feb 15, 2018 11:24 am

Yo tengo DICA porque los alquilé al 0.75% anual, los DICY tienen menos volumen y no los toman. Y por ganarme esa tasita me comí la baja desde diciembre. :pared:

DiegoYSalir
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Re: Títulos Públicos

Mensajepor DiegoYSalir » Jue Feb 15, 2018 10:06 am

rodrigocabj12 escribió:Che alguno q responda q tengo la misma pregunta

yo lo único que rescato en estos casos, donde se ponen a la par, es que se trata de un buen momento para arbitrar del dica al dicy
no le busques mas vueltas... digo, claro para el que lo tenga en la mira o en cartera... dica tiene mas volumen (aca) y dicy tiene mas seguridad juridica (se supone, con el caso gruesa fueron mas perjudicados los ley ny que los ley arg, pero creo que si se pusiera fiera fiera la cosa ley ny mata a ley arg, a menos que usted crea que tenemos seguridad juridica en este bendito pais :pared: (juridica, legal, financiera, etc, etc... seguridad en gral...


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