BATU escribió: ↑ CEDEAR: Tributan Bienes Personales a valor cotización a tasa como bienes en el exterior. No hay norma alguna que diga que la cotización debe ser pesos ,se podría tomar la especie"D"dolar billete .Esto, estaría a discusión.
No están gravados con ganancias.
ADR y ADS de empresas argentinas. La utilidad está gravada por impuesto a las ganancias al 15%.Estan exentos de Bienes Personales.
ACCIONES ;ADR y ADS de empresas extranjera: ESTANGRAVADOS PO GANANCIAS AL 15%, Y Bienes Personales con tasa del exterior.
Hola Batu, estas seguro de lo que decis sobre valuar los cedears a especie D? Ojo, no es que no lo pense, pero hasta donde se la cotización oficial es en pesos... En mi caso, tengo inversiones afuera que pagan 2.25% pero termina siendo la mitad, en la local me cuido de tener bastante merval y no tanto cedear justo por eso para no aumentar la cuenta en bbpp, pero si lo que decis es viable me cambiaria mucho la ecuación, tengo cuenta en broker afuera pero no bancaria, o sea, no puedo mandar mas guita afuera, me encantaria poder seguir sumando cedears sin miedo a que me esquilme la afip...