RICHI7777777 escribió:TENGO DOLARES CABLE EN CANTIDAD MAYOR A U$S 10.000.- PUEDO VENDERLOS Y DESPUES COMPRAR MAS DOLARES QUE ESE MONTO.?
Creo que ahora el maximo para comprar son u$u 1000.
Tal vez alguien lo pueda aclarar mejor que yo.
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RICHI7777777 escribió:TENGO DOLARES CABLE EN CANTIDAD MAYOR A U$S 10.000.- PUEDO VENDERLOS Y DESPUES COMPRAR MAS DOLARES QUE ESE MONTO.?
serpdf escribió:Podes vender en ci solo si los bonos los tenias antes del 11/9
OSALRODO escribió:Consulta a los que saben: Los AO20 que tenía una persona humana en su cuenta comitente comprados antes del 31/07/19, entran en el reperfilamiento o serán abonados al vencimiento (08/10/2020). Gracias
netcigos escribió:Hola , el asunto es que tengo en cartera 603 papeles de AY24 comprado ya hace varios años , el viernes compre 603 papeles mas AY24D , con dolares en mi comitente , con el objetivo de hacer rulo , ya que me daba un dolar de 69. La idea era vender lo viejo a continuación y mantener el stock de nominales. El asunto es que no me deja vender , tengo que esperar 5 días por la resolución nueva de cnv. Para mi es injusto por parte del broker que no pueda vender los papeles viejos acreditados en caja de valores . Entiendo que lo que compre nuevo debo esperar 5 dias. No hay alguna manera de diferenciar lo nuevos adqueridos de lo viejos.
Saludos,
pipapu escribió:Si, queda en una zona gris, por eso preguntaba la viabilidad, pero creo tambien que el espiritu de la norma es que la operacion tenga algun riesgo acorde, y tener bonos argertinos pemanentemente en cartera, es bastante arriesgado de por si, igual no me queda claro que los bonos se puedan vender en pesos contado inmediato.
FAV escribió:Las normas tiene letra y espiritu, yo no buscaria transgredir el espiritu de esta normativa para evitarme problemas.
pipapu escribió:Hola malditos especuladores.
Disculpen la ignorancia, pensando en los riesgos del rulo con las regulaciones nuevas, quería saber si operó de la siguiente manera es legal y si es demasiado arriesgada.
Si considero comprar digamos 6000 ay24 y tenerlos pase lo que pase , descontando la reestructuración que se vendrá y no necesito ese dinero en los próximos 10 años.
Y por otro lado destinar 2400 u$s a operar , haría lo siguiente.
Día 1, vendo ay 24 en pesos , contado inmediato , después de estacionarlos 5/6 dias hábiles.
Mismo día, compro con mis u$s , que estuvieron en cuenta 5 / 6 días hábiles, 6000 láminas de ao20d o similar.
Mismo día compro con mis pesos 2400 dólares.
Si los ao20 y los ay24 se mueven parejos, sigo teniendo el mismo riesgo que asumí al principio e hice la diferencia en pesos.
Repito la operación a los 5/6 días.
Es una locura? Una pavada ? Un delito?
Gracias
pipapu escribió:Hola malditos especuladores.
Disculpen la ignorancia, pensando en los riesgos del rulo con las regulaciones nuevas, quería saber si operó de la siguiente manera es legal y si es demasiado arriesgada.
Si considero comprar digamos 6000 ay24 y tenerlos pase lo que pase , descontando la reestructuración que se vendrá y no necesito ese dinero en los próximos 10 años.
Y por otro lado destinar 2400 u$s a operar , haría lo siguiente.
Día 1, vendo ay 24 en pesos , contado inmediato , después de estacionarlos 5/6 dias hábiles.
Mismo día, compro con mis u$s , que estuvieron en cuenta 5 / 6 días hábiles, 6000 láminas de ao20d o similar.
Mismo día compro con mis pesos 2400 dólares.
Si los ao20 y los ay24 se mueven parejos, sigo teniendo el mismo riesgo que asumí al principio e hice la diferencia en pesos.
Repito la operación a los 5/6 días.
Es una locura? Una pavada ? Un delito?
Gracias
Mito escribió:Les consulto con un caso practico y con fechas a modo de ejemplo:
Supongamos que ya tengo los dolares y pasaron los 5 dias habiles, el lunes 15 de septiembre hago la declaracion jurada y compro bonos D a 48 hs, el 17 de septiembre ya estan disponibles, el 24 de septiembre ya puedo venderlos en pesos a 48 hs y el 26 ya puedo transferir mis pesos al banco y ese mismo dia compro nuevamente los dolares.
Esto es correcto ?
La duda que tengo es si cuando vendo los bonos en pesos lo puedo hacer contado inmediato o no.
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