No veo ninguna irregularidad de momento.
No te pueden acreditar las acciones nuevas hasta que no se extinga la operatoria de Contado Inmediato.
Para eso vale lo explicitado en la Nota de la distribución: " La fecha de
registro (record date) será el lunes 13 de mayo próximo"
Entonces una vez extinguido ese plazo si representa una irregularidad si para el día martes 14 no tenés acreditadas las nuevas acciones.
Hasta entonces podías operar como ex cupón o como manteniendo el cupón. y hacer tu propio cálculo de cantidad de acciones que disponías en una y otra situación.
A título de ejemplo : Yo hice una pequeña operación el viernes vendiendo en Contado inmediato 2 mil acciones (todavía con cupón adherido) y recomprando ex cupón 10 mil acciones que es el equivalente a lo que vendí en inmediato. Conservé tenencia original y hice una diferencia interesante en la compra venta. Supongo varios realizaron idéntica operación.