Mensajepor zippo » Vie Sep 03, 2021 10:51 am
Se comunica también que el citado fallo de nuestro más alto Tribunal no tendrá como
consecuencia la obligación para Molinos de efectuar nuevos desembolsos de fondos, ni la necesidad de
registrar cargos contables de ningún tipo, atento que los fondos requeridos por las Resoluciones ya
fueron ingresados por la Compañía en los años 2013 y 2014, atento que las normas en vigor habilitaban
el requerimiento de pago aún mientras la cuestión se encontrara todavía sujeta a la resolución de
recursos pendientes y, en definitiva, a la resolución judicial firme.
Sin otro particular, hago propicia la ocasión para saludarlos muy atentamente.
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Responsable de Relaciones con el Mercado
Matías Avico