BBAR BBVA Banco Frances
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Re: BBAR BBVA Banco Frances
Imparable
Re: BBAR BBVA Banco Frances
Entre en otras que vienen de golpe, estoy esperando porque cobre los bonos que vencieron el 30/04 y ya van 5 subas seguidas y da miedo entrar con tantas subas hay que mirar un poco y acertar donde poner la $$$$ o u$s
Re: BBAR BBVA Banco Frances
Como andas Ajoyagua estuve por comprar METRO de nuevo pero la vi muy arriba y como la manejan mucho me quede quieto, pero dio unos pasos mas, vere el lunes que hace y entro o no de nuevo en Metro, pero bancos no te vendo nada, sigo agregando mas acciones
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Re: BBAR BBVA Banco Frances
Buenos Aires, 3 de mayo de 2024
Sres.
Comisión Nacional de Valores (CNV)
Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (BYMA)
Mercado Abierto Electrónico (MAE)
Presente
RE: Hecho Relevante
De mi consideración:
Me dirijo a Uds., en mi carácter de Responsable de Relaciones con el Mercado de Banco
BBVA Argentina S.A. (el “Banco”), a fin de informar que la Superintendencia de Entidades
Financieras y Cambiarias del Banco Central de la República Argentina (BCRA) ha resuelto
autorizar a Banco BBVA Argentina S.A. a distribuir dividendos en efectivo y/o en especie
por un total de $264.227.684.640 (expresado en moneda homogénea al 31 de diciembre
de 2023).
De conformidad con lo dispuesto por la Comunicación “A” 7997 del BCRA, los accionistas
“no residentes” pueden optar por cobrar los dividendos –total o parcialmente– en una
sola cuota siempre que esos fondos sean aplicados en forma directa a la suscripción
primaria de Bonos para la reconstrucción de una Argentina libre (BOPREAL). Dichos
BOPREAL estarán sujetos a las restricciones a la transferencia o venta con liquidación en
moneda extranjera establecidos por la normativa aplicable.
Aquellos accionistas “no residentes” que tengan la intención de recibir BOPREAL
deberán dirigir un correo electrónico a la mayor brevedad posible a corporateactions-
arg@bbva.com a fin de verificar el encuadramiento en la normativa vigente y presentar la
documentación correspondiente.
Se pone en conocimiento que la próxima licitación de BOPREAL -Serie 3- se llevará a cabo
los días 8 y 9 de mayo (Comunicación “B” 12795 del BCRA).
Próximamente el Banco determinará la oportunidad, modalidad, plazos, y demás
términos y condiciones del pago de los dividendos a los accionistas.
Sin otro particular, saludo a ustedes atentamente.
BANCO BBVA ARGENTINA S.A
Sres.
Comisión Nacional de Valores (CNV)
Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (BYMA)
Mercado Abierto Electrónico (MAE)
Presente
RE: Hecho Relevante
De mi consideración:
Me dirijo a Uds., en mi carácter de Responsable de Relaciones con el Mercado de Banco
BBVA Argentina S.A. (el “Banco”), a fin de informar que la Superintendencia de Entidades
Financieras y Cambiarias del Banco Central de la República Argentina (BCRA) ha resuelto
autorizar a Banco BBVA Argentina S.A. a distribuir dividendos en efectivo y/o en especie
por un total de $264.227.684.640 (expresado en moneda homogénea al 31 de diciembre
de 2023).
De conformidad con lo dispuesto por la Comunicación “A” 7997 del BCRA, los accionistas
“no residentes” pueden optar por cobrar los dividendos –total o parcialmente– en una
sola cuota siempre que esos fondos sean aplicados en forma directa a la suscripción
primaria de Bonos para la reconstrucción de una Argentina libre (BOPREAL). Dichos
BOPREAL estarán sujetos a las restricciones a la transferencia o venta con liquidación en
moneda extranjera establecidos por la normativa aplicable.
Aquellos accionistas “no residentes” que tengan la intención de recibir BOPREAL
deberán dirigir un correo electrónico a la mayor brevedad posible a corporateactions-
arg@bbva.com a fin de verificar el encuadramiento en la normativa vigente y presentar la
documentación correspondiente.
Se pone en conocimiento que la próxima licitación de BOPREAL -Serie 3- se llevará a cabo
los días 8 y 9 de mayo (Comunicación “B” 12795 del BCRA).
Próximamente el Banco determinará la oportunidad, modalidad, plazos, y demás
términos y condiciones del pago de los dividendos a los accionistas.
Sin otro particular, saludo a ustedes atentamente.
BANCO BBVA ARGENTINA S.A
Re: BBAR BBVA Banco Frances
Tecnicalpro escribió: ↑ Hola cómo estás ? , mira acá suelen tomarse su tiempo para todo, así que esperária la primer cuota para junio.
Ahhh bue.... espero sentado tonces
Gracias por la data.
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Re: BBAR BBVA Banco Frances
Tecnicalpro escribió: ↑ Tomate la molestia de leer
Para nosotros residentes en Argentina 3 cuotas en pesos $218 c/u aproximadamente según lo que presento el banco.
Para los residentes en el exterior una cuota en bopreal.
FIN
Feliz día para todos !!
Hola tecni!!!! En que fecha se nos acreditan?
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Re: BBAR BBVA Banco Frances
hasta la proxima!!!, me bajo en esta estacion, se q seguira subiendo , pero 200% en dolares en menos de 6 meses too much
Re: BBAR BBVA Banco Frances
Gracias tecni
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Re: BBAR BBVA Banco Frances
Aprobados los $ 654 ?
Re: BBAR BBVA Banco Frances
Tecnicalpro escribió: ↑ Buenas tardes para todos.
El BCRA aprobó lo siguiente para el sector forma de pago de dividendos.
Distribución de resultados. Posición global neta
de moneda extranjera. Adecuaciones.
___________________________________________________________________________
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que,
en su parte pertinente, establece:
“- Disponer que las entidades financieras que resuelvan o hayan resuelto distribuir resultados en el
marco de lo previsto por la Comunicación “A” 7984 podrán hacerlo en 3 cuotas iguales, mensua-
les y consecutivas por hasta el importe que corresponda de acuerdo con la citada comunicación.
Las entidades financieras deberán otorgar la opción a cada accionista no residente de percibir
sus dividendos –total o parcialmente– en una sola cuota en efectivo siempre que esos fondos
sean aplicados en forma directa a la suscripción primaria de Bonos para la reconstrucción de una
Argentina libre (BOPREAL) de acuerdo con la normativa cambiaria vigente.
Los BOPREAL que reciban los accionistas no residentes no podrán ser transferidos a entidades
depositarias en el exterior ni vendidos con liquidación en moneda extranjera en el país ni en el ex-
terior por el plazo de 30 y 60 días corridos contados desde su suscripción primaria, por dos ter-
cios y un tercio, respectivamente en cada mes, de los nominales suscriptos. Los accionistas sus-
criptores deberán prestar su conformidad y compromiso expreso con esta condición al requerirla.
Sin perjuicio de lo precedente, esos BOPREAL podrán ser aplicados libre y totalmente para otras
operaciones –incluido su uso como garantía de financiaciones que requieran de entidades finan-
cieras o en el mercado de capitales–.
La eventual posición de moneda extranjera que pudieran mantener las entidades financieras por
la operación de suscripción de esos BOPREAL hasta la acreditación a los accionistas no residen-
tes estará excluida del cómputo de su “posición global neta de moneda extranjera”.”
Al respecto, les hacemos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente
provistas, corresponde incorporar en las normas de la referencia.
Por último, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, acce-
diendo a “Sistema Financiero - MARCO LEGAL Y NORMATIVO - Ordenamientos y resúmenes -
Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos
.1. El margen de capital contracíclico que las entidades financieras deberán aplicar a sus ex-
posiciones en la Argentina, conforme a lo establecido en el punto 4.2., se establece, a par-
tir del 1.4.16, en 0 %.
7.2. A los efectos de la determinación del resultado distribuible, se deberá detraer de los cómputos
previstos en las Secciones 2. y 3. el aumento en la responsabilidad patrimonial computable
(RPC) que resulte de la aplicación del punto 11.4. de las normas sobre “Capitales mínimos de
las entidades financieras” y las menores previsiones y mayor RPC que resulten de los trata-
mientos establecidos en el punto 2. de la Comunicación “A” 6946 (y modificatorias) –para finan-
ciaciones a MiPyME destinadas al pago de sueldos–, en el punto 2. de la Comunicación “A”
7427, en el punto 3. de la Comunicación “A” 7659 y en la Comunicación “A” 7928 –que postergó
hasta el 1.1.25, con carácter optativo e irrevocable para las entidades financieras de los grupos
B y C que no sean sucursales o subsidiarias de bancos del exterior calificados como sistémi-
camente importantes (G-SIB), la aplicación del punto 5.5 de la NIIF 9–.
7.3. Hasta el 31.12.24 las entidades financieras que cuenten con la autorización del BCRA –de con-
formidad con lo previsto en la Sección 6.– podrán distribuir resultados en 6 cuotas iguales,
mensuales y consecutivas por hasta el 60 % del importe que hubiera correspondido de aplicar
las presentes normas.
Tal distribución de resultados deberá ser consistente con lo que se informe en el Régimen In-
formativo “Plan de negocios y proyecciones e informe de autoevaluación del capital”.
El cómputo de los conceptos previstos en las Secciones 2. a 5., así como del importe de las
cuotas señaladas, deberá realizarse en moneda homogénea de la fecha de la asamblea y del
pago de cada una de las cuotas, según el caso.
7.4. Las entidades financieras que resuelvan o hayan resuelto distribuir resultados en el marco de lo
previsto por el punto 7.3. podrán hacerlo en 3 cuotas iguales, mensuales y consecutivas por
hasta el importe que corresponda de acuerdo con el citado punto.
Las entidades financieras deberán otorgar la opción a cada accionista no residente de percibir
sus dividendos –total o parcialmente– en una sola cuota en efectivo siempre que esos fondos
sean aplicados en forma directa a la suscripción primaria de Bonos para la reconstrucción de
una Argentina libre (BOPREAL) de acuerdo con la normativa cambiaria vigente.
Los BOPREAL que reciban los accionistas no residentes no podrán ser transferidos a entida-
des depositarias en el
......
Traducido por favor
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