Impositivo - Tributario
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Re: Impositivo - Tributario
Hola, perdon que no es del tema del grupo. Estoy buscando alguien que me pueda enviar a Australia desde Argentina (exportar como regalo) mercaderia ....si tienen algun contacto me pasarian?, gracias
Re: Impositivo - Tributario
Buenas tardes muchachos,
Estoy pensando en empezar a meter guita en una SGR para deducir ganancias, ¿alguno tiene experiencia en esto? El rendimiento trimestral que dicen que generan vale la pena? Sinceramente creo que va mas por el lado psicologico esta movida para dejar de ver que me parten/regalo todos los años un 0KM con la plata que dono al estado.....
Estoy pensando en empezar a meter guita en una SGR para deducir ganancias, ¿alguno tiene experiencia en esto? El rendimiento trimestral que dicen que generan vale la pena? Sinceramente creo que va mas por el lado psicologico esta movida para dejar de ver que me parten/regalo todos los años un 0KM con la plata que dono al estado.....
Re: Impositivo - Tributario
El rendimiento de las cauciones en PESOS no está alcanzado por el Impuesto a las Ganancias.
Ello, en función de lo dispuesto por el art. 117 del Decreto Reglamentario de la Ley de Impuesto a las Ganancias, que asimila esa colocación (caución) a los plazos fijos bancarios en pesos.
Re: Impositivo - Tributario
alfredo.E2020 escribió: ↑ Pregunta las tenecias en CEDEAR al 31/12/22 ( ARKK , MELI TESLA ETC ) EN PESOS pagan B. Personales????
Lo CEDEAR pagan Impuesto sobre los Bienes Personales.
Y con la alícuota de bienes en el exterior.
Subo un cuadrito sobre el tratamiento impositivo de las inversiones financieras.
Saludos!
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Re: Impositivo - Tributario
Pregunta las tenecias en CEDEAR al 31/12/22 ( ARKK , MELI TESLA ETC ) EN PESOS pagan B. Personales????
Re: Impositivo - Tributario
Consulta…… colocar caución está alcanzado por el impuesto a las ganancias?
Este año me empezó a cobrar el impuesto a las ganancias cuando colocó caución el broker !
Este año me empezó a cobrar el impuesto a las ganancias cuando colocó caución el broker !
Re: Impositivo - Tributario
09ezemarq escribió: ↑ Porque ni vos ni yo somos accionistas de Vista Energy Argentina SAU. Hasta donde se quien tiene viste tiene es accionista de una empresa Mexicana. El accionista de Vista Energy Argentina SAU debería (no es que lo haya chequeado) ser la mexicana, que, al no ser persona física, no no está obligada a pagar bienes personales. Al menos asi lo veo yo
Gracias por responderme y compartir tu tiempo Eze, coincido con vos en todo salvo en que no estoy tan seguro que Vista no pague dicho impuesto. Mis comunicaciones con la empresa son infructuosas. Pude constatar que grandes laboratorios extranjeros pagan este impuesto y sus dueños no son personas físicas, son también otra sociedad que cotizan (en estos casos 99,999% de los Activos están en el exterior). Mi idea es ir por el lado que el Fisco no debería cobrar dos veces por los mismos Activos. El subyacente de Vista México son los activos en Vaca Muerta a través de la SAU, el resto de su actividad y activos no son significativos.
Re: Impositivo - Tributario
debenede escribió: ↑ Eze, porque decís que no está obligada a ingresar el 0.50 %, todas las empresas lo están, salvo las Sucursales por fallo de la Corte Suprema de Justicia. Se que la Afip me lo reclamaría pero si Vista pagó ese impuesto algún argumento para pelearla hay. Si bien son sociedades distintas, más del 90 % de los Activos de Vista México están en Vaca Muerta a través de Vista Energy Argentina SAU. Porqwué la Afip no le exigiría a Vista Argentina que ingrese el Impuesto?
Gracias por tu ayuda Eze,
Porque ni vos ni yo somos accionistas de Vista Energy Argentina SAU. Hasta donde se quien tiene viste tiene es accionista de una empresa Mexicana. El accionista de Vista Energy Argentina SAU debería (no es que lo haya chequeado) ser la mexicana, que, al no ser persona física, no no está obligada a pagar bienes personales. Al menos asi lo veo yo
Re: Impositivo - Tributario - ONs
"Quedarán exentas en Bienes Personales cuando sean emitidas en moneda nacional, destinadas a inversión productiva y colocadas por oferta pública. Colocadas por Oferta pública, su tenencias y rendimientos quedarán exentos tanto de ganancias como de bienes personales"
Una ON que cotiza en las dos monedas, es moneda nacional? O se refiere a la legislación?
"Destinadas a inversión productiva" ¿como determinarlo? Entiendo que todas son .... o lo fueron en un principio (las repro son para cubrir a las primeras inversiones)
Una ON que cotiza en las dos monedas, es moneda nacional? O se refiere a la legislación?
"Destinadas a inversión productiva" ¿como determinarlo? Entiendo que todas son .... o lo fueron en un principio (las repro son para cubrir a las primeras inversiones)
Re: Impositivo - Tributario
Eze, porque decís que no está obligada a ingresar el 0.50 %, todas las empresas lo están, salvo las Sucursales por fallo de la Corte Suprema de Justicia. Se que la Afip me lo reclamaría pero si Vista pagó ese impuesto algún argumento para pelearla hay. Si bien son sociedades distintas, más del 90 % de los Activos de Vista México están en Vaca Muerta a través de Vista Energy Argentina SAU. Porqwué la Afip no le exigiría a Vista Argentina que ingrese el Impuesto?
Gracias por tu ayuda Eze,
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