AGRO Agrometal

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Hayfuturo
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Re: AGRO Agrometal

Mensajepor Hayfuturo » Jue May 12, 2022 7:47 pm

A los RUSELL y angel guardian hay que reirseles en la cara pronto desapareceran como otros tantos AGOREROS

:respeto: :) BILLETERA MATA AGOREROS

MikeM
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Re: AGRO Agrometal

Mensajepor MikeM » Jue May 12, 2022 5:53 pm

sebara escribió: Hay que ver cuanto pondera en este trimestre, para tener una idea de cuanta valía tienen estas bonificaciones.

ARTÍCULO 14.- Las disposiciones previstas en el presente decreto entrarán en vigencia a partir del día 1° de enero de 2022, a excepción del beneficio contemplado en el inciso a) del artículo 3° del Decreto N° 379/01 y sus modificatorios, el que resultará aplicable respecto de las contribuciones patronales que se devenguen conforme lo indicado en el último párrafo del mencionado inciso.

sebara
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Re: AGRO Agrometal

Mensajepor sebara » Jue May 12, 2022 5:36 pm

MikeM,
Gracias por el desglose del tema "bonos fiscales", algo que la empresa reclama, trimestre tras trimestre por la pérdida del poder adquisitivo.

"La sumatoria de los beneficios otorgados anualmente por todos los conceptos no podrá exceder el DIEZ POR CIENTO (10 %) de la facturación total por igual período."
Hay que ver cuanto pondera en este trimestre, para tener una idea de cuanta valía tienen estas bonificaciones.

En dos semanas, supongo coloco el resumen, gracias por todos los aportes.

MikeM
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Re: AGRO Agrometal

Mensajepor MikeM » Jue May 12, 2022 5:35 pm

Y tan importante como lo anterior:

“ARTÍCULO 5°.- Los bonos de crédito fiscal contemplados en el artículo 3° serán nominativos y podrán ser cedidos a terceros por una única vez siempre que el cedente se encuentre en normal cumplimiento de sus obligaciones tributarias y previsionales.

Podrán ser utilizados por los beneficiarios o las beneficiarias o los cesionarios o las cesionarias para el pago de los montos a abonar en concepto de Impuesto a las Ganancias, Impuesto al Valor Agregado (IVA) e Impuestos Internos, en carácter de saldo de declaración jurada y anticipos, cuya recaudación se encuentra a cargo de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS.

En el caso de operaciones de importación, el bono fiscal podrá ser utilizado para el pago a cuenta de los Impuestos a las Ganancias y al Valor Agregado (IVA), sus retenciones y percepciones, cuya recaudación se encuentra a cargo de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS.

MikeM
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Re: AGRO Agrometal

Mensajepor MikeM » Jue May 12, 2022 5:30 pm

Un detalle importante que se me pasó. La empresa recibía beneficios por los Bonos por beneficio fiscal correspondientes al decreto 379/01. A la fecha, esto implica una deuda pendiente de cobro de 763M. El decreto venció al 31/12/2021.

La normativa se reemplaza por un nuevo decreto, el 209/2022 del 26/04 (recién salido del horno). Es mi estimación que esto podría acelerar el cobro del monto anterior. 8)

Entre los beneficios del nuevo decreto figuran, según detalle de memoria:
Los beneficios incluidos en la norma consisten en: 1) Reducción en los pagos de las contribuciones patronales; 2) Un bono de crédito fiscal que se compone de cuatro categorías en relación con los montos pagados en concepto del Impuesto a las Ganancias, inversiones en investigación y desarrollo (I+D), reintegros a las exportaciones y finalmente un porcentaje
adicional sobre las contribuciones patronales y pago de ganancias, siempre que las empresas acrediten mejoras en sus productos o procesos.

Los que se potencias si la empresa está bajo el régimen MIPYME.

A continuación el decreto:

https://www.boletinoficial.gob.ar/detal ... 1/20220427

Del cual destaco:
“ARTÍCULO 3°.- Los beneficiarios o las beneficiarias del Régimen gozarán de los siguientes beneficios, durante el plazo de vigencia del mismo:

a) Una reducción de las contribuciones patronales vigentes con destino a los siguientes subsistemas de la seguridad social:

1. Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), Ley N° 24.241, sus modificatorias y complementarias.
2. Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, Ley N° 19.032 y sus modificatorias.
3. Fondo Nacional de Empleo, Ley N° 24.013 y sus modificatorias.
4. Régimen de Asignaciones Familiares, Ley N° 24.714 y sus modificatorias.

En el caso de que la beneficiaria acredite ser una MiPyME, en los términos del artículo 2° de la Ley N° 24.467 y sus normas modificatorias y complementarias, la reducción será del NOVENTA POR CIENTO (90 %) de la totalidad de las contribuciones patronales, por todos los trabajadores contratados y todas las trabajadoras contratadas. :shock:
b) Anualmente, podrán solicitar bonos de crédito fiscal por un monto equivalente a los siguientes conceptos:

1. El CUARENTA POR CIENTO (40 %) del valor resultante de multiplicar el monto total del impuesto a las ganancias determinado en el ejercicio fiscal inmediato anterior al de la petición por el porcentaje de facturación de la venta de los bienes fabricados por cuenta propia en el Territorio Nacional comprendidos en el Anexo, efectuadas en el año calendario previo la fecha de solicitud del incentivo. Para el cálculo del beneficio será computable únicamente el impuesto a las ganancias determinado por las rentas de fuente argentina, en los términos que oportunamente establezca la Autoridad de Aplicación. :shock:

2. El OCHENTA POR CIENTO (80 %) del monto de las inversiones efectuadas en Investigación y Desarrollo por hasta un DOS COMA CINCO POR CIENTO (2,5 %) de la facturación de la venta de los bienes fabricados por cuenta propia en el Territorio Nacional comprendidos en el Anexo, efectuada en el año calendario previo a la fecha de solicitud de la franquicia, en el caso de que el beneficiario o la beneficiaria acredite ser una MiPyME, en los términos del artículo 2° de la Ley N° 24.467 y sus normas modificatorias y complementarias,

La sumatoria de los beneficios otorgados anualmente por todos los conceptos no podrá exceder el DIEZ POR CIENTO (10 %) de la facturación total por igual período.

Esto parece más "cobrable" que el bono anterior, y de impacto más directo en la estructura de costos e impositiva.

falerito777
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Re: AGRO Agrometal

Mensajepor falerito777 » Jue May 12, 2022 5:06 pm

salvatuti escribió: es demasiado obvio... a 42 las quiere largar?
abrazo
salva y P + J :wink:

SOMOS MENOS PERO BUENOS. :bebe: :respeto:

MikeM
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Re: AGRO Agrometal

Mensajepor MikeM » Jue May 12, 2022 4:59 pm

Por suerte somos menos acá
abrazo
salva y P + J :wink:

Asi es.

davinci
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Re: AGRO Agrometal

Mensajepor davinci » Jue May 12, 2022 4:53 pm

salvatuti escribió: es demasiado obvio... a 42 las quiere largar?
abrazo
salva y P + J :wink:

:shock:

salvatuti
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Re: AGRO Agrometal

Mensajepor salvatuti » Jue May 12, 2022 4:49 pm

MikeM escribió: Según reseña
En el trimestre se vendieron 77 sembradoras, vs 49 año anterior. Este crecimiento interanual, 57%, no se ve reflejado del todo, porque por primera vez no devengaron los bonos dec 379/01, lo cual tuvo un impacto del 8% en el importe nominal.

En el 1T se hicieron notas de ventas por 96 sembradoras, lo que se suma al informado en Dic de 250 sembradoras para 2022, llevando el número a Marzo alrededor de 350. Se informa que las órdenes de Abril, hacen esperar otra vez un número muy superior al histórico para el 2T, similar año anterior, y ya definir como positivo que se alcanzarán los números presupuestados (505), aunque el ritmo sea ligeramente menor (mi apreciación es que se debe a que se está liquidando menos).
Por primera vez se ve resultado financiero positivo en el 1T.
Personalmente, creo que la empresa acelerará este trimestral, de manera de reducir tiempos de entrega. Espero 180-200 sembradoras en el trimestre (vs 178 año 2021).

Sebara seguramente hará un resumen más completo, pero a grandes rasgos, está lo más importante.
Ahora a esperar los dividendos y las novedades de Junio.

gracias Mike! Por suerte somos menos acá
abrazo
salva y P + J :wink:

salvatuti
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Re: AGRO Agrometal

Mensajepor salvatuti » Jue May 12, 2022 4:47 pm

davinci escribió: lindo soporte armo AGRO en 40$.. :arriba:

es demasiado obvio... a 42 las quiere largar?
abrazo
salva y P + J :wink:

MikeM
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Re: AGRO Agrometal

Mensajepor MikeM » Jue May 12, 2022 4:34 pm

Según reseña
En el trimestre se vendieron 77 sembradoras, vs 49 año anterior. Este crecimiento interanual, 57%, no se ve reflejado del todo, porque por primera vez no devengaron los bonos dec 379/01, lo cual tuvo un impacto del 8% en el importe nominal.

En el 1T se hicieron notas de ventas por 96 sembradoras, lo que se suma al informado en Dic de 250 sembradoras para 2022, llevando el número a Marzo alrededor de 350. Se informa que las órdenes de Abril, hacen esperar otra vez un número muy superior al histórico para el 2T, similar año anterior, y ya definir como positivo que se alcanzarán los números presupuestados (505), aunque el ritmo sea ligeramente menor (mi apreciación es que se debe a que se está liquidando menos).
Por primera vez se ve resultado financiero positivo en el 1T.
Personalmente, creo que la empresa acelerará este trimestral, de manera de reducir tiempos de entrega. Espero 180-200 sembradoras en el trimestre (vs 178 año 2021).

Sebara seguramente hará un resumen más completo, pero a grandes rasgos, está lo más importante.
Ahora a esperar los dividendos y las novedades de Junio.

davinci
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Re: AGRO Agrometal

Mensajepor davinci » Jue May 12, 2022 2:54 pm

lindo soporte armo AGRO en 40$.. :arriba:

PELADOMERVAL
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Re: AGRO Agrometal

Mensajepor PELADOMERVAL » Jue May 12, 2022 12:07 pm

si tal cual mike es el mas flojo

MikeM
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Re: AGRO Agrometal

Mensajepor MikeM » Jue May 12, 2022 11:45 am

PELADOMERVAL escribió: 50 de capital tiene no mike?
1 peso por accion

100. 0,58 por acción.
Pero más allá del número lo positivo es que por primera vez trae números verdes en el 1T.
Debe resolver el tiempo de entrega, para perder menos por diferencia de cambio, pero va en ese sentido. Creo es positivo el resultado.

PELADOMERVAL
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Re: AGRO Agrometal

Mensajepor PELADOMERVAL » Jue May 12, 2022 11:43 am

50 de capital tiene no mike?
1 peso por accion


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