Impositivo - Tributario
Re: Impositivo - Tributario
Buenas noches. Respecto al pago del impuesto a las ganancias de los dividendos de los cedears, lo primero que hice (como harán todos los que no entienden mucho como yo) es buscar en Google “impuesto cedular”. El primer link que me sale, es uno de CAME donde dice que AFIP anuló el impuesto cedular. ¿Esto es así? ¿O entendí cualquiera? Desde ya muchas gracias.
https://www.redcame.org.ar/novedades/11 ... hhEALw_wcB
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Re: Impositivo - Tributario
debenede escribió: ↑ Estimo que si le deducís el 8 % que te cobra Comafi de comisión y lo que pagaste de Bienes personales por esos Cedears el año anterior que resulta también deducible, prácticamente te quedas sin renta gravada. (100 - 8 - IBP) x 35 % - 30 te daría algo bastante cerca de 0. También se podrían deducir los gastos proporcionales de custodia.
Coincido. Incluso podrías generar un quebranto específico que utilizarías para computar ante igual tipo de rentas por 5 años. Saludos!
Re: Impositivo - Tributario
Pibebolsero escribió: ↑ Si, están gravados los dividendos recibidos vía cedear. A la renta le debes restar gastos ( comisiones del comafi y agente) y computar el pago del impuesto análogo que te hicieron en el exterior.
En argentina estás rentas están gravadas al 35%, mientras que la retención que te hacen afuera y computa cómo impuesto análogo es del 30%. Por esa razón, debes incluirlo en la declaración jurada y pagar por la alícuota diferencial. Saludos.
Estimo que si le deducís el 8 % que te cobra Comafi de comisión y lo que pagaste de Bienes personales por esos Cedears el año anterior que resulta también deducible, prácticamente te quedas sin renta gravada. (100 - 8 - IBP) x 35 % - 30 te daría algo bastante cerca de 0. También se podrían deducir los gastos proporcionales de custodia.
Re: Impositivo - Tributario
el tema no es lo que hay que pagar de impuesto
el tema es el costo administrativo y la posible fiscalizacion de la afip
la mayoria de los contadores no tienen idea de lo que es la renta financiera
el caracter de pago unico y definitivo (retenciones de impuesto a las ganancias de los dividendos de acciones locales -
ejemplo txar) en esos casos no hay que presentar el impuesto cedular porque lo retenido del impuesto a las ganancias tiene caracter de pago unico y definitivo.
el tema es el costo administrativo y la posible fiscalizacion de la afip
la mayoria de los contadores no tienen idea de lo que es la renta financiera
el caracter de pago unico y definitivo (retenciones de impuesto a las ganancias de los dividendos de acciones locales -
ejemplo txar) en esos casos no hay que presentar el impuesto cedular porque lo retenido del impuesto a las ganancias tiene caracter de pago unico y definitivo.
Re: Impositivo - Tributario
gracias
estimado pibe bolsero
era como yo creia
estimado pibe bolsero
era como yo creia
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Re: Impositivo - Tributario
empome escribió: ↑ una pregunta
los dividendos que pagan los cedears estan gravados por el impuesto cedular?
creo que existe un minimo no imponible de 120.000 pesos por el impuesto anual
en los cedears de usa te descuenta la oficina de impuestos de eeuu un 30 %
la pregunta es estas obligado a presentar la ddjj cedular si por lo que gravan te retienen en eeuu
y en caso de tener que presentarla el 30% retenido, se carga en la ddjj como retenciones?
Si, están gravados los dividendos recibidos vía cedear. A la renta le debes restar gastos ( comisiones del comafi y agente) y computar el pago del impuesto análogo que te hicieron en el exterior.
En argentina estás rentas están gravadas al 35%, mientras que la retención que te hacen afuera y computa cómo impuesto análogo es del 30%. Por esa razón, debes incluirlo en la declaración jurada y pagar por la alícuota diferencial. Saludos.
Re: Impositivo - Tributario
Consulta: una Asociación Civil que recibe una donación en dólares de una fundación del exterior puede pagar y recibir factura en dólares de un Constructor Monotributistas ?
Re: Impositivo - Tributario
empome escribió: ↑ una pregunta
los dividendos que pagan los cedears estan gravados por el impuesto cedular?
creo que existe un minimo no imponible de 120.000 pesos por el impuesto anual
en los cedears de usa te descuenta la oficina de impuestos de eeuu un 30 %
la pregunta es estas obligado a presentar la ddjj cedular si por lo que gravan te retienen en eeuu
y en caso de tener que presentarla el 30% retenido, se carga en la ddjj como retenciones?
pagan bbpp solamente
No ganancias (cedular) pq no son renta de fuente argentina. Son renta de fuente extranjera. Ya pagaste el impuesto ante el fisco americano q te hizo la retención en carácter único y definitivo dada tu condición de no residente.
Los adr en cambio son renta de fuente argentina.
El criterio es la radicacion del domicilio del emisor de dichos papeles, no dónde cotizan.
Re: Impositivo - Tributario
una pregunta
los dividendos que pagan los cedears estan gravados por el impuesto cedular?
creo que existe un minimo no imponible de 120.000 pesos por el impuesto anual
en los cedears de usa te descuenta la oficina de impuestos de eeuu un 30 %
la pregunta es estas obligado a presentar la ddjj cedular si por lo que gravan te retienen en eeuu
y en caso de tener que presentarla el 30% retenido, se carga en la ddjj como retenciones?
los dividendos que pagan los cedears estan gravados por el impuesto cedular?
creo que existe un minimo no imponible de 120.000 pesos por el impuesto anual
en los cedears de usa te descuenta la oficina de impuestos de eeuu un 30 %
la pregunta es estas obligado a presentar la ddjj cedular si por lo que gravan te retienen en eeuu
y en caso de tener que presentarla el 30% retenido, se carga en la ddjj como retenciones?
Re: Impositivo - Tributario
Inversoravikinga escribió: ↑ Gracias Paisano!!
Con lo cual idéntico activo pagaría la mitad que si lo compraste en pesos.
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Re: Impositivo - Tributario
Gracias Paisano!!
paisano escribió: ↑ Los valores de la pagina de AFIP que copie antes tiene los valores actualizados, lo podes corroborar con la Ley aprobada.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detal ... 0/20211231
y con la información de Errepar
https://blog.errepar.com/bienes-persona ... otas-2021/
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Re: Impositivo - Tributario
Inversoravikinga escribió: ↑ Gracias Carlos! Lamentablemente las alícuotas todavía no están actualizadas. Buen finde!
Los valores de la pagina de AFIP que copie antes tiene los valores actualizados, lo podes corroborar con la Ley aprobada.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detal ... 0/20211231
y con la información de Errepar
https://blog.errepar.com/bienes-persona ... otas-2021/
Re: Impositivo - Tributario
Buenas, me surgio una duda no se si alguno sabe, al aparecer en las valuaciones la version D de los cedear, uno podria cargar teniendo los cedear aca en su version D para poder valuarlos a dolar oficial a la hora de declararlos para bbpp?
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Re: Impositivo - Tributario
Gracias Carlos! Lamentablemente las alícuotas todavía no están actualizadas. Buen finde!
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