burzatil escribió:La diferencia fundamental es que los contadores estudiaron varios años (10 años promedio para recibirse en FCE UBA) y acumulan años/décadas de experiencia, además de moverse en el entorno, poder recurrir al consejo, etc. El ajeno a la profesión que "llena un formulario" lo hace mirando el papel y cuasi adivinando, sin tener una noción integral de lo que está haciendo. Y sobre la responsabilidad, un contribuyente minimamente inteligente, le pide al contador el papel de trabajo de la DDJJ, o un resumen que pueda controlar -hasta el alcance de su conocimiento- para así saber los datos que se van a presentar, y también poder preguntar las dudas que le surjan.
Obviamente hay que ser un experto para manejar los cientos de impuestos de AFIP (ver
https://www.afip.gob.ar/genericos/conce ... uestos.asp) y después impuestos provinciales y tasas municipales.
Afortunadamente en nuestro caso sólo hay que conocer dos impuestos, que son bienes personales y ganancias (el cedular se encuentra dentro de este último) y de esos impuestos, sólo nos interesa menos del 10% de los artículos que componen la ley y el decreto reglamentario. Una vez aprendido eso, y leído los textos de diversos contadores con ejemplos, entiendo que no hace falta contratar un contador para llenar lo que pide la AFIP.
Distinto es el caso de empresas, o personas que trabajen en forma independiente, ya que en esos casos pueden haber muchos impuestos, y uno no puede estar en todo.