AKD escribió:La reforma instaura un sistema de integración parcial del tipo cedular, donde el impuesto recae sobre los accionistas con una alícuota del 13% siempre que haya distribución de utilidades. La medida fomenta la reinversión de utilidades, ya que en cabeza de la sociedad se tributará el 25% y solo cuando distribuyan dividendos a los accionistas deberán retener el 13%, alcanzando de esta manera la alícuota máxima del impuesto a las ganancias para personas humanas del 35%. Cabe mencionar que la reducción de alícuotas será gradual, siendo aplicable estos estos porcentajes a partir del 2020. Para los períodos fiscales 2018 y 2019 las alícuotas serán del 30% y del 7%, respectivamente.
https://www.cronista.com/columnistas/Re ... -0092.html
Para sociedades que cotizan en bolsa local aplica?????