Patan escribió:exactamente (las dos cosas)
tampoco se trata de 30 días exactos... pero si se ve 'claramente' (según criterio del infeliz q te toque) una maniobra para eludir el impuesto, te la ponen...
está mal? sí. les importa? no.
No se si hay algo de jurisprudencia al respecto...
Pero por dos mangos con cincuenta yo no llevaría el caso hasta la corte suprema
Forman parte de las barbaridades de afip a las que hay q adaptarse en vez de luchar contra molinos de viento
Pero si se fuera cierto eso van en contra del 14 bis también ya que estan dejando sin trabajo a estudios y contadores que se dedican a ingeniería tributaria. Lo que hacen es simple le sacan el maximo beneficio a la ley y dentro de la misma te cobran por asesorarte y que pagues lo mínimo posible. El término se llama *elusión* o planificación tributaria a diferencia de evasión. *Evasión* seria por ejemplo no declarar bienes del hogar (5% del valor del inmueble mínimo) porque alquilo y dentro de el tengo tvs cuadros oro dólares colchoneros etc..