Tecnicalpro escribió:Buen día para todos !
Lo queda por ver por la ley de reforma tributaria es que tipo de acciones y operaciones están grabadas a partir del ejércicio 2018.
Ayer lo consulte con mí contador, me respondió que todavía no está claro.
Al margen que las acciones que cotizan en bolsa se encuentren exentas del pago del impuesto a las ganancias, entiendo que la AFIP tiene en cuenta además el criterio de
"habitualidad" y de
"fuentes de ingreso".
¿Qué quiere decir esto? Que diferencian entre un inversor, que generalmente es tenedor a mediano o largo plazo y compra con el excedente de su ingreso principal, de las operaciones de compra-venta de quienes hacen del trading su actividad principal o única fuente de ingresos. Si determinan que hay "habitualidad" y que es tu "principal fuente de ingresos", vas a pagar impuesto a las ganancias aunque las acciones estén exentas.
Si hay un contador en la sala, por favor que confirme si lo que digo es certero o que me corrija. Gracias.