Mensajepor MONOCOME » Lun Feb 27, 2012 1:54 pm
Estimados Illeo y Renuncio Ahora :
La fecha yo la deduje del Artculo 85 del Reglamento de la CNV. dice 30 días corridos desde la autorización para cotizar,
por tanto el vto. seria el 14/03.
Artículo 85 - Las sociedades que han obtenido autorización para ampliar el capital admitido a la cotización mediante capitalización de reservas, primas de emisión y ajustes de capital deben iniciar el pago dentro de los treinta (30) días corridos de obtenida la autorización para cotizar, remitiendo con cinco (5) días de anticipación, un aviso que contendrá la siguiente información:
a) Domicilio donde debe efectuarse el pago, teniendo en cuenta que, cualquiera sea la sede de la sociedad, debe fijar uno en la Capital Federal;
b) Horario durante el cual se atenderá el pago, que no será inferior a cuatro (4) horas diarias, entre las 9 y las 18;
c) Fecha en que se inicia el pago;
d) Categoría de acciones que participan de la capitalización;
e) Categoría de acciones que se entregan, fecha desde la cual gozan de dividendo y número del cupón que llevan adherido las acciones o certificados provisorios. Cuando éste no fuera el inmediato siguiente al que se utiliza para percibir esta capitalización, debe aclararse el motivo de la situación, previa conformidad de la Bolsa;
f) Valor porcentual de la capitalización sobre el valor nominal de cada acción;
g) En su caso, número del cupón de las acciones o certificados provisorios contra el cual se efectúa el pago;
h) En su caso, mención de si se entregan títulos definitivos o certificados provisorios o globales;
i) Mención de que las fracciones se liquidarán de acuerdo con la reglamentación de la Bolsa, así como la cantidad de acciones que se considera fracción;
j) Mención de las autorizaciones de la Comisión Nacional de Valores y de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires.
Bolsa, si las acciones fueran cartulares, la sociedad debe remitir dentro del plazo de treinta (30) días corridos por duplicado la numeración, planilla de porcentajes de láminas y facsímiles de los títulos, o facsímil del certificado global.
Autorizado el pago del dividendo, la Bolsa informará a la sociedad y efectuará la publicación correspondiente.
Dentro de los diez (10) días corridos de inscripto el aumento de capital en el Registro Público de Comercio, la sociedad debe comunicarlo a la Bolsa, acompañando constancia de la inscripción.