CELU Celulosa
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zippo
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Re: CELU Celulosa
Capitán Bermúdez, 30 de Octubre de 2026
Comisión Nacional de Valores
Bolsas y Mercados Argentinos S.A.
A3 Mercados S.A.
Presente
Ref.: Concurso Preventivo de Sociedad Controlada
Intervención
De nuestra mayor consideración:
Nos dirigimos a Ustedes con relación al Hecho Relevante de fecha 2 de julio de 2026,
mediante el cual se informó la intervención plena de la sociedad controlada Forestadora
Tapebicuá S.A.U., ordenada en el expediente de su concurso preventivo, que tramita ante el
Juzgado Nacional en lo Comercial N.º 14, Secretaría N.º 27, bajo el expediente “COM
25793/2025”, con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Al respecto, informamos que el juzgado interviniente ha resuelto prorrogar, de oficio,
la intervención de la Dra. María Anahí Cordero, ahora en carácter de informante, y hasta el
vencimiento del período de exclusividad (07.04.2027). Asimismo, se estableció la
presentación quincenal de informes en los términos detallados en el pto. 4 de dicho
pronunciamiento.
En tal sentido, el juzgado infirió la necesidad de mantener la intervención judicial
dentro del órgano de administración de la concursada, aunque con un grado y alcances
notoriamente más leves. Esto último, dado que no existe necesidad de mantener a los
administradores naturales del ente fuera del órgano correspondiente, pero sí de obtener
información emitida por un auxiliar independiente, orientada a otorgar mayor transparencia y
exteriorización a los actos sociales susceptibles de incidir en la suerte final de este concurso.
El punto cuarto al que hace referencia la parte resolutiva establece:
“4. Hasta el día del vencimiento del período de exclusividad la interventora deberá
presentar un informe quincenal comunicando al Tribunal todas las operaciones que efectúe la
concursada que no estén orientadas al cumplimiento de su objeto social y que, a su criterio,
puedan incidir en el trámite o la suerte del concurso. Asimismo, deberá informar cualquier
conducta u omisión de los órganos del ente que de manera ostensible o no, tiendan a disminuir
su activo, aumentar el pasivo u ocultar bienes. También deberá poner en conocimiento del
Tribunal cualquier otro suceso que resulte necesario comunicar teniendo en consideración el
patrimonio de la concursada y las posibilidades de arribar a un acuerdo homologable. Por su
parte, la concursada deberá prestar absoluta colaboración con la labor de la interventora (ahora
informante) a través de todos sus órganos sociales, bajo apercibimiento de agravar la
intervención si ello fuere necesario. Lo anterior, con prescindencia de las labores que
conciernen a la sindicatura concursal y de las facultades que le asisten.”
Sin otro particular, saludamos a Uds. atentamente.
Gonzalo Coda
Apoderado
Comisión Nacional de Valores
Bolsas y Mercados Argentinos S.A.
A3 Mercados S.A.
Presente
Ref.: Concurso Preventivo de Sociedad Controlada
Intervención
De nuestra mayor consideración:
Nos dirigimos a Ustedes con relación al Hecho Relevante de fecha 2 de julio de 2026,
mediante el cual se informó la intervención plena de la sociedad controlada Forestadora
Tapebicuá S.A.U., ordenada en el expediente de su concurso preventivo, que tramita ante el
Juzgado Nacional en lo Comercial N.º 14, Secretaría N.º 27, bajo el expediente “COM
25793/2025”, con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Al respecto, informamos que el juzgado interviniente ha resuelto prorrogar, de oficio,
la intervención de la Dra. María Anahí Cordero, ahora en carácter de informante, y hasta el
vencimiento del período de exclusividad (07.04.2027). Asimismo, se estableció la
presentación quincenal de informes en los términos detallados en el pto. 4 de dicho
pronunciamiento.
En tal sentido, el juzgado infirió la necesidad de mantener la intervención judicial
dentro del órgano de administración de la concursada, aunque con un grado y alcances
notoriamente más leves. Esto último, dado que no existe necesidad de mantener a los
administradores naturales del ente fuera del órgano correspondiente, pero sí de obtener
información emitida por un auxiliar independiente, orientada a otorgar mayor transparencia y
exteriorización a los actos sociales susceptibles de incidir en la suerte final de este concurso.
El punto cuarto al que hace referencia la parte resolutiva establece:
“4. Hasta el día del vencimiento del período de exclusividad la interventora deberá
presentar un informe quincenal comunicando al Tribunal todas las operaciones que efectúe la
concursada que no estén orientadas al cumplimiento de su objeto social y que, a su criterio,
puedan incidir en el trámite o la suerte del concurso. Asimismo, deberá informar cualquier
conducta u omisión de los órganos del ente que de manera ostensible o no, tiendan a disminuir
su activo, aumentar el pasivo u ocultar bienes. También deberá poner en conocimiento del
Tribunal cualquier otro suceso que resulte necesario comunicar teniendo en consideración el
patrimonio de la concursada y las posibilidades de arribar a un acuerdo homologable. Por su
parte, la concursada deberá prestar absoluta colaboración con la labor de la interventora (ahora
informante) a través de todos sus órganos sociales, bajo apercibimiento de agravar la
intervención si ello fuere necesario. Lo anterior, con prescindencia de las labores que
conciernen a la sindicatura concursal y de las facultades que le asisten.”
Sin otro particular, saludamos a Uds. atentamente.
Gonzalo Coda
Apoderado
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retardado siempre
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CELU Celulosa
Megachop escribió:Skeletor escribió: Esto salió en los HR, sobre que será? Ref.: Celulosa Argentina S.A. - Informa Hecho Relevante - notificación de instrucción de sumario. Nos dirigimos a Uds. a efectos de informar, en el marco del artículo 99 de la Ley N° 26.831 de Mercado de Capitales (“LMC”) y del artículo 2° de
Exacto.
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Megachop
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Re: CELU Celulosa
Skeletor escribió: ↑ Esto salió en los HR, sobre que será?
Ref.: Celulosa Argentina S.A. - Informa Hecho Relevante -
notificación de instrucción de sumario.
Nos dirigimos a Uds. a efectos de informar, en el marco del artículo 99 de la Ley
N° 26.831 de Mercado de Capitales (“LMC”) y del artículo 2° de la Sección II del Capítulo I del Título XII de
las Normas de la Comisión Nacional de Valores (N.T. 2013 y mod.) (las “Normas”), que en el día de la fecha
la Sociedad fue notificada de la Resolución N° RRFCO-2026-341-APN-DIR#CNV (la “Resolución”), dictada
por el Directorio de la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”) el 7 de octubre de 2026 en el marco del
Expediente N° EX-2026-19701384-APN-GIEI#CNV, mediante la cual se dispuso instruir sumario a la
Sociedad y a quienes se desempeñaban como directores titulares y a los integrantes de su Comisión
Fiscalizadora, entre septiembre de 2024 y septiembre de 2025.
Conforme surge de la Resolución, se imputa a la Sociedad la presunta infracción
a lo dispuesto por el artículo 99, acápite 1, inciso a) de la Ley de Mercado de Capitales, artículo 1º de la Sección
I del Capítulo 1 del Título XII de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.), artículos 7º de la Sección I, 11 y 12 de la
Sección III del Capítulo IX del Título II -actualmente artículos 12 y 13, respectivamente- de las NORMAS
(N.T. 2013 y mod.), artículos 2º y 3º, incisos 7, 9 y 16 de la Sección II del Capítulo I del Título XII de las
NORMAS (N.T. 2013 y mod.), y artículo 4º, inciso a), apartados 4) y 5), de la Sección II del Capítulo II del
Título XII -actualmente artículo 4º, inciso 1, apartados d) y e), respectivamente- , de las NORMAS (N.T. 2013
y mod.) y 59 de la Ley General de Sociedades.
La Resolución establece una audiencia preliminar para el 27 de noviembre de
2026, la Sociedad presentará su descargo dentro del plazo legal y mantendrá informado al público inversor
respecto de toda novedad relevante que se produzca en el trámite del sumario.
Sin otro particular, saludo a Uds. muy atentamente.
Gonzalo Coda
Apoderado
Es como una especie de juicio contra los malandras que hicieron desastres con la empresa. Que escondieron información sobre el estado de la empresa. Que dieron información privilegiada para sacar beneficios para algunos malandras y para joder a los minoristas. Básicamente es eso. No creo y sea para bien ni para mal en la cotización de Celu. O sea que no va a influir en la escalada de la cotización que se viene. Pero...a tener los ojos bien abiertos. Muy , muy, muy volátil. A estar muy atentos !!
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Skeletor
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Re: CELU Celulosa
Esto salió en los HR, sobre que será?
Ref.: Celulosa Argentina S.A. - Informa Hecho Relevante -
notificación de instrucción de sumario.
Nos dirigimos a Uds. a efectos de informar, en el marco del artículo 99 de la Ley
N° 26.831 de Mercado de Capitales (“LMC”) y del artículo 2° de la Sección II del Capítulo I del Título XII de
las Normas de la Comisión Nacional de Valores (N.T. 2013 y mod.) (las “Normas”), que en el día de la fecha
la Sociedad fue notificada de la Resolución N° RRFCO-2026-341-APN-DIR#CNV (la “Resolución”), dictada
por el Directorio de la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”) el 7 de octubre de 2026 en el marco del
Expediente N° EX-2026-19701384-APN-GIEI#CNV, mediante la cual se dispuso instruir sumario a la
Sociedad y a quienes se desempeñaban como directores titulares y a los integrantes de su Comisión
Fiscalizadora, entre septiembre de 2024 y septiembre de 2025.
Conforme surge de la Resolución, se imputa a la Sociedad la presunta infracción
a lo dispuesto por el artículo 99, acápite 1, inciso a) de la Ley de Mercado de Capitales, artículo 1º de la Sección
I del Capítulo 1 del Título XII de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.), artículos 7º de la Sección I, 11 y 12 de la
Sección III del Capítulo IX del Título II -actualmente artículos 12 y 13, respectivamente- de las NORMAS
(N.T. 2013 y mod.), artículos 2º y 3º, incisos 7, 9 y 16 de la Sección II del Capítulo I del Título XII de las
NORMAS (N.T. 2013 y mod.), y artículo 4º, inciso a), apartados 4) y 5), de la Sección II del Capítulo II del
Título XII -actualmente artículo 4º, inciso 1, apartados d) y e), respectivamente- , de las NORMAS (N.T. 2013
y mod.) y 59 de la Ley General de Sociedades.
La Resolución establece una audiencia preliminar para el 27 de noviembre de
2026, la Sociedad presentará su descargo dentro del plazo legal y mantendrá informado al público inversor
respecto de toda novedad relevante que se produzca en el trámite del sumario.
Sin otro particular, saludo a Uds. muy atentamente.
Gonzalo Coda
Apoderado
Ref.: Celulosa Argentina S.A. - Informa Hecho Relevante -
notificación de instrucción de sumario.
Nos dirigimos a Uds. a efectos de informar, en el marco del artículo 99 de la Ley
N° 26.831 de Mercado de Capitales (“LMC”) y del artículo 2° de la Sección II del Capítulo I del Título XII de
las Normas de la Comisión Nacional de Valores (N.T. 2013 y mod.) (las “Normas”), que en el día de la fecha
la Sociedad fue notificada de la Resolución N° RRFCO-2026-341-APN-DIR#CNV (la “Resolución”), dictada
por el Directorio de la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”) el 7 de octubre de 2026 en el marco del
Expediente N° EX-2026-19701384-APN-GIEI#CNV, mediante la cual se dispuso instruir sumario a la
Sociedad y a quienes se desempeñaban como directores titulares y a los integrantes de su Comisión
Fiscalizadora, entre septiembre de 2024 y septiembre de 2025.
Conforme surge de la Resolución, se imputa a la Sociedad la presunta infracción
a lo dispuesto por el artículo 99, acápite 1, inciso a) de la Ley de Mercado de Capitales, artículo 1º de la Sección
I del Capítulo 1 del Título XII de las NORMAS (N.T. 2013 y mod.), artículos 7º de la Sección I, 11 y 12 de la
Sección III del Capítulo IX del Título II -actualmente artículos 12 y 13, respectivamente- de las NORMAS
(N.T. 2013 y mod.), artículos 2º y 3º, incisos 7, 9 y 16 de la Sección II del Capítulo I del Título XII de las
NORMAS (N.T. 2013 y mod.), y artículo 4º, inciso a), apartados 4) y 5), de la Sección II del Capítulo II del
Título XII -actualmente artículo 4º, inciso 1, apartados d) y e), respectivamente- , de las NORMAS (N.T. 2013
y mod.) y 59 de la Ley General de Sociedades.
La Resolución establece una audiencia preliminar para el 27 de noviembre de
2026, la Sociedad presentará su descargo dentro del plazo legal y mantendrá informado al público inversor
respecto de toda novedad relevante que se produzca en el trámite del sumario.
Sin otro particular, saludo a Uds. muy atentamente.
Gonzalo Coda
Apoderado
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Fercap
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Re: CELU Celulosa
Muy linda rueda hoy

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Fercap
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Re: CELU Celulosa
Hoy parece que operó bastante más sano el papel y con mucho más volumen !!!
Notaron los cierres ilógicos de las 3 ruedas anteriores???
Notaron los cierres ilógicos de las 3 ruedas anteriores???
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sebara
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Re: CELU Celulosa
CELU –CELULOSA ARGENTINA S.A.
Inicia el ejercicio 2026/27 (01/09/2026 – 31/08/2027) con un saldo negativo de $ -14401 millones, la apertura del 2025/26 fue con un déficit de $ -99685 millones. Estas diferencias positivas se ven reflejadas a menor brecha negativa entre ingresos por ventas y los costos de ventas, dado que en el 1T 2025/26 “el papel” funcionó sólo menos de la mitad del mes de junio.
Puntos destacados: En este trimestre, por conflicto de Medio Oriente, padeció restricciones de suministro de gas y dificultades para el abastecimiento de la madera, trayendo aparejado los incrementos extraordinarios del GNL y fueloil. Además, lo sufrido por el efecto climatológico de “El Niño” agudiza los factores de riesgos para la continuidad de la “normalidad” del negocio. La planta de papel funciona sin paradas extraordinarias desde octubre del 2025
Los ingresos por ventas son por $ 46730 millones, un incremento del 59,3%, respecto al 2025/26. Los costos dan $ 59259 millones, un aumento del 1,4% anual. El margen de EBITDA sobre ventas es negativo, al 1T 2025/26 también lo fue. Las existencias dan $ 76115 millones, subiendo un 0,9%. En el 2025/26 bajaban un -15% por paradas de producción. La mediana del precio de la pulpa da USD 684,4 siendo un -5,7% menor al 1T 2025/26.
La facturación de Pasta y Papel es casi tota la facturación y sube un 78,1% en el interanual, se factura al exterior el 24,4% y sube un 62,5%, y en el plano local crecen un 83,7%. El podio en el mercado externo: Uruguay (60,3%) baja -20,4%, Estados Unidos (39%) facturó $ 4443 millones, mientras que en el 2025/26 no facturó. Dos clientes en pasta y papel superan el 10% de la facturación y ponderan el 26,6% del total. Madera solo facturó $ 9,4 millones, en 2025/26 imputó $ 3107 millones, dado el concurso preventivo que afecta a Forestadora Tapebicuá S.A.U.
La producción de papel y pulpa sube 288%, por parada en el 1T 2025/26. Por participación en contraladas arroja una pérdida de $ -811,7 millones, reduciendo el déficit un 87% respecto al 2025/26, dados los resultados nulos de la forestadora “Tapebicuá S.A.U.”, y en el 1T 2025/26 acumulaba déficit por $ -4800 millones.
Los costos de producción dan $ 21885 millones, se reducen un -25,8% anual. Los gastos de venta dan $ 3044 millones creciendo un 17,5%. Gastos administrativos y distribución dan $ 6775 millones y bajan un -7,1%. La dotación es de 901 personas, -34,5% menor anual (1375). Otros ingresos y egresos saldan negativos por $ -7447 millones, reduciendo el déficit 61,6%.
Los saldos financieros acarrean un negativo de $ -7932 millones, al 1T 2025/26 daba déficit de $ -40439 millones, principalmente por brecha positiva en diferencia de cambios en $ 22166 millones. El RECPAM da un positivo de $ 17843 millones, siendo un -23,5% menor al 2025/26. Los préstamos financieros suman $ 220,4 billones, un -1,3% menos desde inicio del ejercicio. El 91,4% de la deuda está en proceso concursal. El flujo de fondos es de $ 2395 millones, un 43,2% mayor al 1T 2025/26, por aumento en préstamos bancarios y financieros.
Fixscr califica a la compañía como “D”, argumentando que la empresa no tiene las herramientas para afrontar una deuda de USD 145 millones, donde casi la totalidad es a corto plazo. La depresión del consumo, con leve compensación del comercio exterior mantiene la incertidumbre.
La liquidez va de 0,22 a 0,20. La solvencia es negativa por PN negativo
El VL es negativo. La cotización es de 157,5. La capitalización es de 1534 billones
La pérdida por acción es -142,66.
Inicia el ejercicio 2026/27 (01/09/2026 – 31/08/2027) con un saldo negativo de $ -14401 millones, la apertura del 2025/26 fue con un déficit de $ -99685 millones. Estas diferencias positivas se ven reflejadas a menor brecha negativa entre ingresos por ventas y los costos de ventas, dado que en el 1T 2025/26 “el papel” funcionó sólo menos de la mitad del mes de junio.
Puntos destacados: En este trimestre, por conflicto de Medio Oriente, padeció restricciones de suministro de gas y dificultades para el abastecimiento de la madera, trayendo aparejado los incrementos extraordinarios del GNL y fueloil. Además, lo sufrido por el efecto climatológico de “El Niño” agudiza los factores de riesgos para la continuidad de la “normalidad” del negocio. La planta de papel funciona sin paradas extraordinarias desde octubre del 2025
Los ingresos por ventas son por $ 46730 millones, un incremento del 59,3%, respecto al 2025/26. Los costos dan $ 59259 millones, un aumento del 1,4% anual. El margen de EBITDA sobre ventas es negativo, al 1T 2025/26 también lo fue. Las existencias dan $ 76115 millones, subiendo un 0,9%. En el 2025/26 bajaban un -15% por paradas de producción. La mediana del precio de la pulpa da USD 684,4 siendo un -5,7% menor al 1T 2025/26.
La facturación de Pasta y Papel es casi tota la facturación y sube un 78,1% en el interanual, se factura al exterior el 24,4% y sube un 62,5%, y en el plano local crecen un 83,7%. El podio en el mercado externo: Uruguay (60,3%) baja -20,4%, Estados Unidos (39%) facturó $ 4443 millones, mientras que en el 2025/26 no facturó. Dos clientes en pasta y papel superan el 10% de la facturación y ponderan el 26,6% del total. Madera solo facturó $ 9,4 millones, en 2025/26 imputó $ 3107 millones, dado el concurso preventivo que afecta a Forestadora Tapebicuá S.A.U.
La producción de papel y pulpa sube 288%, por parada en el 1T 2025/26. Por participación en contraladas arroja una pérdida de $ -811,7 millones, reduciendo el déficit un 87% respecto al 2025/26, dados los resultados nulos de la forestadora “Tapebicuá S.A.U.”, y en el 1T 2025/26 acumulaba déficit por $ -4800 millones.
Los costos de producción dan $ 21885 millones, se reducen un -25,8% anual. Los gastos de venta dan $ 3044 millones creciendo un 17,5%. Gastos administrativos y distribución dan $ 6775 millones y bajan un -7,1%. La dotación es de 901 personas, -34,5% menor anual (1375). Otros ingresos y egresos saldan negativos por $ -7447 millones, reduciendo el déficit 61,6%.
Los saldos financieros acarrean un negativo de $ -7932 millones, al 1T 2025/26 daba déficit de $ -40439 millones, principalmente por brecha positiva en diferencia de cambios en $ 22166 millones. El RECPAM da un positivo de $ 17843 millones, siendo un -23,5% menor al 2025/26. Los préstamos financieros suman $ 220,4 billones, un -1,3% menos desde inicio del ejercicio. El 91,4% de la deuda está en proceso concursal. El flujo de fondos es de $ 2395 millones, un 43,2% mayor al 1T 2025/26, por aumento en préstamos bancarios y financieros.
Fixscr califica a la compañía como “D”, argumentando que la empresa no tiene las herramientas para afrontar una deuda de USD 145 millones, donde casi la totalidad es a corto plazo. La depresión del consumo, con leve compensación del comercio exterior mantiene la incertidumbre.
La liquidez va de 0,22 a 0,20. La solvencia es negativa por PN negativo
El VL es negativo. La cotización es de 157,5. La capitalización es de 1534 billones
La pérdida por acción es -142,66.
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retardado siempre
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CELU Celulosa
Fercap escribió:Muy técnico el argumento!!!! Como que había que aceptar la OPA a $50.!!!!!
Si, había que aceptarla, porque en verdad vale cero, pero también es cierto que podían vender todo a otro precio mejor en ese momento.
No hay duda alguna que va terminar abajo del precio de la OPA.
Les he dicho desde hace 10 meses que se las piquen.
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Fercap
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Re: CELU Celulosa
Muy técnico el argumento!!!! Como que había que aceptar la OPA a $50.!!!!!
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retardado siempre
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CELU Celulosa
En enero de 2023 valia estos mismos peso, pero el dolar blue valia 345, casi cinco veces menos.
Es el precio mas bajo de su historia bursatil, digamos mas de 60 años..
t
Deben vender, vale cero, ya que la deuda multiplica al infinito la cantidad de acciones..no importa si la empresa termina ganando plata..
Es el precio mas bajo de su historia bursatil, digamos mas de 60 años..
t
Deben vender, vale cero, ya que la deuda multiplica al infinito la cantidad de acciones..no importa si la empresa termina ganando plata..
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Fercap
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Re: CELU Celulosa
No esta dejando subir adjuntos.Por eso la info asi.
Ojala revierta la baja!!!!
Ojala revierta la baja!!!!
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Pelusa27
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Re: CELU Celulosa
Gracias por los datos FERCAP!!!!!
LE TENGO FE A LA REVERSION
LE TENGO FE A LA REVERSION
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Fercap
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- Registrado: Vie Sep 15, 2023 8:49 pm
Re: CELU Celulosa
• Ventas: $40.926,7 millones, un aumento interanual del 129%.
• Pérdida integral: $14.196,2 millones, frente a $109.432 millones un año antes.
• Producción: 22.654 toneladas, un aumento del 288%.
• Financiamiento: el concurso sigue dificultando el acceso al crédito y los costos financieros continúan elevados.
• Pérdida integral: $14.196,2 millones, frente a $109.432 millones un año antes.
• Producción: 22.654 toneladas, un aumento del 288%.
• Financiamiento: el concurso sigue dificultando el acceso al crédito y los costos financieros continúan elevados.
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Fercap
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Re: CELU Celulosa
Recorto 87% las perdidas con respecto al mismo trimestre del año pasado!!!!!! Y estuvieron muchos dias sin producir por corte de gas de las industrias del Gran Rosario.
El trimestre que cierra 30/11 tendria que dar EBITDA positivo

El trimestre que cierra 30/11 tendria que dar EBITDA positivo
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montalbano
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Re: CELU Celulosa
A 100 pesitos compro CELU. Por ahora sigo mirando de afuera.
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