BATU escribió: ↑ CEDEAR: Tributan Bienes Personales a valor cotización a tasa como bienes en el exterior. No hay norma alguna que diga que la cotización debe ser pesos ,se podría tomar la especie"D"dolar billete .Esto, estaría a discusión.
No están gravados con ganancias.
ADR y ADS de empresas argentinas. La utilidad está gravada por impuesto a las ganancias al 15%.Estan exentos de Bienes Personales.
ACCIONES ;ADR y ADS de empresas extranjera: ESTANGRAVADOS PO GANANCIAS AL 15%, Y Bienes Personales con tasa del exterior.
Muchas gracias..muy claro...en El caso que tengas posicion mas tiempo que el año fiscal..o sea mas de um año...como determinar las ganancias?..o sea las seguis teniendo en cartera.Hace un tiempo que las brasileiras como vale y pbr tenian el mismo tratamiento que acciones argentinas x cotizar en merval..Sabes si sigue esa modalidad? Disculpa lo extensa de la consulta.