Foro dedicado al Mercado de Valores.
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pik
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Mensajepor pik » Sab Jul 10, 2021 9:14 am
EJS escribió: ↑
Una consulta más, si bien le mande a mi empleador en el Siradic lo pagado de IG por la compra de doláres , no encuentro en la declaración de REGIMEN SIMPLIFICADO donde indicarlos , me queda un saldo a pagar que es justo el mismo valor que lo que pague a cuanta con la compra de los dolares . Si alguien me puede indicar dónde se indican o será que no puedo hacer el régimen simplificado sino el REGIMEN GENERAL , gracias
Deberias ver si podes agregar las retenciones de la compra de dolares en el regimen simplificado, hay un lugar donde podes poneral, tendrias que agregarlas a mano ya que tal vez no estan.
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ArmonicoEnFuga
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Mensajepor ArmonicoEnFuga » Vie Jul 09, 2021 10:13 pm
czekajlo escribió: ↑
Al preparar la ddjj iigg de p humana, en el detalle de cada bien pide al pie valuación 2019 y 2020, en este caso va el valor para iigg que en general es el valor histórico, ej para un bono el valor de compra y gastos, para un plazo fijo el capital, si es pf en dolares es el valor histórico en pesos de ingreso de esos dolares al patrimonio.
Pregunto, en el citado detalle, pide en cada bien a mitad del formulario una valuación. Es correcto que complete ahí el valor 2020 para bbpp? (ej para un bono el valor a cot cierre, para un pf el capital+int devengado, para un pf en dolares el cap+int devengado al tc cierre).
Por favor aguardo comentarios, gracias
Valuacion ganancias: la historica
Valuacion en dj bs pers: cotiz al 31/12
Son servicios web diferentes. No mezcles conceptos. No te va a dejar presentar la de ganancias. Te va a saltar el error
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ArmonicoEnFuga
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Mensajepor ArmonicoEnFuga » Vie Jul 09, 2021 10:11 pm
czekajlo escribió: ↑
Agrego otra duda, es posible que los cedears, gravados en bbpp como bs en el exterior, no tengan el minimo como los bienes en el país? o sea que están gravados aunque sean $ 100.000 solamente?
Si. Gravados sin minimo.
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ArmonicoEnFuga
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Mensajepor ArmonicoEnFuga » Vie Jul 09, 2021 10:10 pm
EJS escribió: ↑
Una consulta más, si bien le mande a mi empleador en el Siradic lo pagado de IG por la compra de doláres , no encuentro en la declaración de REGIMEN SIMPLIFICADO donde indicarlos , me queda un saldo a pagar que es justo el mismo valor que lo que pague a cuanta con la compra de los dolares . Si alguien me puede indicar dónde se indican o será que no puedo hacer el régimen simplificado sino el REGIMEN GENERAL , gracias
En el estudio contable nunca hicimos la simplificada pero deberia teber un apartado en donde puedas tomar "mis retenciones". Deberia ser en la seccion de "determinacion del saldo" y diga algo como "retenciones", y si no estan cargadas cargalas a mano. La info la podes sacar del servicio web "mis retenciones"
Saludos
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EFFE
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Mensajepor EFFE » Mié Jul 07, 2021 6:09 pm
matute05 escribió: ↑
una consulta para hacer una transferencia al exterior con la declaracion de bienes personales donde esta declararado el dinero es suficiente o te piden algo mas ?
Matute buenas tardes. Trabajo en Banco (No en sector comex), para justificar el origen de los fondos con la DDJJ de BBPP es suficiente. Respecto al "algo más", luego cada banco puede tener alguna DDJJ + formularios comunes de Comex para hacer la operación, varios pueden operar todo por home banking actualmente.
Saludos
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matute05
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Mensajepor matute05 » Mié Jul 07, 2021 4:17 pm
una consulta para hacer una transferencia al exterior con la declaracion de bienes personales donde esta declararado el dinero es suficiente o te piden algo mas ?
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EJS
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Mensajepor EJS » Lun Jul 05, 2021 1:47 pm
Una consulta más, si bien le mande a mi empleador en el Siradic lo pagado de IG por la compra de doláres , no encuentro en la declaración de REGIMEN SIMPLIFICADO donde indicarlos , me queda un saldo a pagar que es justo el mismo valor que lo que pague a cuanta con la compra de los dolares . Si alguien me puede indicar dónde se indican o será que no puedo hacer el régimen simplificado sino el REGIMEN GENERAL , gracias
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carlos_2681
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Mensajepor carlos_2681 » Dom Jul 04, 2021 10:00 pm
EJS escribió: ↑
Estimados por si les sirve
Muy buen aporte gracias .

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EJS
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Mensajepor EJS » Dom Jul 04, 2021 3:00 pm
EJS escribió: ↑
Completo el mensaje que se me disparó....Estimados ,una consulta para las DDJJ , las rentas de las ON de John Deere deben pagar el impuesto cedular , entiendo que no porque es un emisor es una sociedad anónima argentina si bien su accionista mayoritario es JD USA .
La duda me salto porque en la Afip me parencen las dos rentas pagadas durante el 2020 dentro de lo "IMPUESTO CEDULAR - INVERSIONES - NUESTRA PARTE - QUE SABEMOS DE VOS " codigo de especie 0054266- ON JOHN DEERE C18 14 . Si alguien me puede asesorar se lo agradezco de antemano
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EJS
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Mensajepor EJS » Dom Jul 04, 2021 2:48 pm
Estimados ,una consulta para las DDJJ , las rentas de las ON de John Deere deben pagar el impuesto cedular , entiendo que no porque es un emisor es una sociedad anónima argentina si bien su accionista mayoritario es JD USA . La duda me salto porque en la Afip me parencen las dos rentas pagadas durante el 2020, agradezco de antemano
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davinci
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Mensajepor davinci » Lun Jun 28, 2021 2:59 pm
jose enrique escribió: ↑
por favor alguien me pueda informar: la compra venta de acciones las utilidades o perdidas estan alcanzadas por ganancias? por supuesto hay que declararlas pero como es el regimen de tributacion Gracias
en EDN te explico..

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jose enrique
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Mensajepor jose enrique » Dom Jun 27, 2021 4:08 pm
por favor alguien me pueda informar: la compra venta de acciones las utilidades o perdidas estan alcanzadas por ganancias? por supuesto hay que declararlas pero como es el regimen de tributacion Gracias
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czekajlo
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Mensajepor czekajlo » Dom Jun 27, 2021 3:23 pm
czekajlo escribió: ↑
Al preparar la ddjj iigg de p humana, en el detalle de cada bien pide al pie valuación 2019 y 2020, en este caso va el valor para iigg que en general es el valor histórico, ej para un bono el valor de compra y gastos, para un plazo fijo el capital, si es pf en dolares es el valor histórico en pesos de ingreso de esos dolares al patrimonio.
Pregunto, en el citado detalle, pide en cada bien a mitad del formulario una valuación. Es correcto que complete ahí el valor 2020 para bbpp? (ej para un bono el valor a cot cierre, para un pf el capital+int devengado, para un pf en dolares el cap+int devengado al tc cierre).
Por favor aguardo comentarios, gracias
Agrego otra duda, es posible que los cedears, gravados en bbpp como bs en el exterior, no tengan el minimo como los bienes en el país? o sea que están gravados aunque sean $ 100.000 solamente?
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