paisano escribió: ↑
Gracias por tu comentario, aunque me parece que mi caso difiere un poco del tuyo ya que lo mío no es una rectificativa es directamente cambiar en la DDJJ 2021 el destino que declare años anteriores.
Una rectificativa tiene el mismo valor que una ddjj original, pero es cierto que el cambio lo hice hacia un inmueble adquirido dos o tres años antes del cambio de condicion.
Pero aun asi no veo muchas diferencia entre ambos casos.
Si queres analizalo desde la logica... ¿no tiene derecho el contribuyente a mudarse a otro inmueble de su propiedad cuando a el se le plazca?
En todo caso, cambias tambien el domicilio real (no el fiscal) en el registro de AFIP y listo, no pueden pedir mas. Cosa que yo no hice y hasta ahora no paso nada.
No veo a la AFIP gastando recursos para cuestionar e investigar si realmente vivis ahi. AFIP ya sabe que todo contribuyente tiene un beneficio sobre la casa habitacion pero que se puede aplicar solo sobre un inmueble y ademas hay un tope. Ya esta acotado el prejuicio fiscal con esos limites.
Ante todo debe primar el sentido comun y la factibilidad de los hechos por parte de AFIP a la hora objetar cualquier asunto. Es el principio de realidad economica a la que la AFIP debe ajustarse.
Recuerdo una oportunidad en la que una contadora me decia que ella incluia a su madre como carga de familia en las deducciones de ganancias, jubilada con la minima, aunque supere el minimo no imponible con tal ingreso, porque en la realidad economica no le alcanzaba para vivir y ella debia asistirla económicamente.
No hay que tenerle tanto miedo a la AFIP, especialmente cuando somos piojos.