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Acá está la resolución publicada en el boletín oficial...
Secretaría de Industria
INDUSTRIA
Resolución 9/2012
Régimen de Promoción Industrial. Apruébase la ampliación de la capacidad anual de producción solicitada por una empresa.
Bs. As., 14/5/2012
VISTO el Expediente Nº 021159/2005 del Registro del GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR y la Resolución Nº 468 de fecha 24 de noviembre de 2006 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, modificada por las Resoluciones Nros. 307 de fecha 7 de octubre de 2008 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, 239 de fecha 29 de junio de 2010 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO y 72 de fecha 4 de abril de 2011 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE INDUSTRIA, y
CONSIDERANDO:
Que la Empresa IATEC S.A. (INDUSTRIA AUSTRAL DE TECNOLOGIA S.A.), solicitó acogerse al Régimen del Decreto Nº 490 de fecha 5 de marzo de 2003, dictado en el marco de las Leyes Nros. 19.640 y 25.561 de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario, para la fabricación de televisores color, grabadores y/o reproductores de video, sistemas de audio, equipos de aire acondicionado familiar y comercial, hornos a microondas, monitores para computación, equipos de radiocomunicaciones celulares móviles y teléfonos inalámbricos, en su planta fabril a localizar en la Ciudad de Río Grande, Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR.
Que la Resolución Nº 468 de fecha 24 de noviembre de 2006 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION modificada por sus similares Nros. 307 de fecha 7 de octubre de 2008 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, 239 de fecha 29 de junio de 2010 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO y 72 de fecha 4 de abril de 2011 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE INDUSTRIA, declaró a la Empresa IATEC S.A. (INDUSTRIA AUSTRAL DE TECNOLOGIA S.A.), comprendida en el Régimen del Decreto Nº 490/03, dictado en el marco de las Leyes Nros. 19.640 y 25.561 de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario, para la fabricación de televisores color en distintos modelos y tamaños de pantalla, de tubo catódico convencional, plasma, LCD u otro sistema producto de la innovación tecnológica; grabadores y/o reproductores de video para distintos soportes; sistemas de audio entendiéndose por estos últimos a los aparatos receptores de radio con amplificador incorporado, incluidos autorradios con reproductor; equipos de música Hi Fi principalmente de minicomponentes, grabadores/reproductores de audio para distintos soportes, parlantes, cajas acústicas, todo lo cual habrá de comercializarse por separado o en conjunto, inclusive bajo la presentación conocida como home theater; equipos de aire acondicionado familiar y comercial frío-calor, y/o frío solo, en modelos compactos, split o portátiles hasta SEIS MIL (6.000) frigorías; hornos a microondas de distintas capacidades, monitores para computación en distintos modelos y tamaño de pantalla, de tubo catódico convencional, plasma LCD, u otro sistema producto de la innovación tecnológica; equipo de radiocomunicaciones celulares móviles; y teléfonos inalámbricos, en su planta industrial a localizar en la Ciudad de Río Grande, Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR.
Que de los considerandos de la referida Resolución Nº 468/06 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA surge que los productos para cuya fabricación se solicitara autorización no registraban producción en el Territorio Continental Nacional y se encontraban habilitados en otro régimen industrial promocional vigente en el ámbito del Mercado Común del Sur (MERCOSUR).
Que posteriormente la Empresa IATEC S.A. (INDUSTRIA AUSTRAL DE TECNOLOGIA S.A.), mediante el Expediente Nº S01:0364268/2011 del Registro del MINISTERIO DE INDUSTRIA obrante a foja 319 del expediente referido en el Visto, solicita la ampliación de la capacidad máxima de producción de equipos de radiocomunicaciones celulares móviles con respecto al proyecto aprobado por la Resolución Nº 468/06 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA.
Que a fojas 320/321 del expediente cabeza la Unidad de Evaluación conformada en el ámbito de la Dirección de la Pequeña y Mediana Empresa, Evaluación y Promoción Industrial de la Dirección Nacional de Industria de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA dependiente de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE INDUSTRIA, analizó lo peticionado por la Empresa IATEC S.A. (INDUSTRIA AUSTRAL DE TECNOLOGIA S.A.), realizando observaciones, de las cuales la mencionada empresa fue notificada con fecha 30 de septiembre de 2011, conforme constancias obrantes a fojas 322/324 del expediente citado en el Visto, y subsanadas por la misma por medio de su presentación realizada en el Expediente Nº S01:0394682/2011 del Registro de MINISTERIO DE INDUSTRIA, obrante a foja 325 del expediente cabeza.
Que la mencionada Unidad de Evaluación a fojas 334/337 del expediente cabeza, concluyó que correspondería hacer lugar a la solicitud de ampliación realizada por la Empresa IATEC S.A. (INDUSTRIA AUSTRAL DE TECNOLOGIA S.A.), para la producción de equipos de radiocomunicaciones celulares móviles, considerando las siguientes variables: inversión total por la suma de PESOS VEINTINUEVE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO SETENTA Y OCHO ($ 29.996.178), la que se encuentra dividida en PESOS VEINTISEIS MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y UN MIL QUINIENTOS SETENTA Y OCHO ($ 26.691.578) como inversión en capital de trabajo y PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS CUATRO MIL SEISCIENTOS ($ 3.304.600) como inversión en activos fijos; capacidad máxima de producción de DOS MILLONES DOSCIENTAS CINCUENTA MIL (2.250.000) unidades anuales a CUATRO MILLONES (4.000.000), en TRES (3) turnos de OCHO HORAS (8 hs.) diarias, los DOSCIENTOS TREINTA Y UN (231) días al año; producción mínima comprometida de DOSCIENTAS CINCUENTA MIL (250.000) unidades anuales a CUATROCIENTAS CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTAS CUARENTA Y CUATRO (444.444), en UN (1) turno de OCHO HORAS (8 hs.) diarias, los DOSCIENTOS TREINTA Y UN (231) días al año; empleo mínimo asociado a la nueva producción mínima, VEINTIUN (21) empleados adicionales a los aprobados por la Resolución Nº 72/11 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO.
Que asimismo, en el Informe Técnico producido a fojas 334/337 del expediente citado en el Visto, se establece que respecto del plazo de puesta en marcha, la citada empresa informa que la misma se llevará a cabo a los TRES (3) meses del momento de la aprobación de su solicitud.
Que la Comisión de Evaluación normada en el artículo 5° de la Resolución Nº 141 de fecha 14 de junio de 1995 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, reglamentaria del Decreto Nº 479 de fecha 4 de abril de 1995, en el Acta Nº 48 de fecha 8 de noviembre de 2011, cuya copia obra a fojas 338/345 del expediente cabeza, teniendo en consideración el Informe Técnico producido a fojas 334/337 del expediente citado en el Visto, aprueba por unanimidad el proyecto presentado por la firma IATEC S.A. (INDUSTRIA AUSTRAL DE TECNOLOGIA S.A.), de aumentar la capacidad máxima de producción anual de equipos de radiocomunicaciones celulares móviles, en su planta fabril localizada en la Ciudad de Río Grande, Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, por encuadrar en los objetivos y requisitos de la legislación aplicable.
Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE INDUSTRIA, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente resolución se dicta en virtud de lo establecido por el artículo 10 del Decreto Nº 490/03.
Por ello,
EL SECRETARIO
DE INDUSTRIA
RESUELVE:
Artículo 1° — Amplíase la inversión total comprometida por la Empresa IATEC S.A. (INDUSTRIA AUSTRAL DE TECNOLOGIA S.A.), en su planta industrial localizada en la ciudad de Río Grande, provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, en el artículo 1º de la Resolución Nº 72 de fecha 4 de abril de 2011 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE INDUSTRIA, modificatoria de la Resolución Nº 468 de fecha 24 de noviembre de 2006 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION en la suma de PESOS VEINTINUEVE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO SETENTA Y OCHO ($ 29.996.178), de acuerdo con el siguiente detalle:
AÑO Inversiones Fijas Capital de Trabajo
1° $ 3.304.600 $ 5.322.128
2° 0 $ 19.767.945
3° 0 $ 1.601.495
Art. 2° — Amplíase la capacidad máxima anual de producción del proyecto presentado por la Empresa IATEC S.A. (INDUSTRIA AUSTRAL DE TECNOLOGIA S.A.), de equipos de radiocomunicaciones celulares móviles, sobre la base del equipamiento informado y del compromiso asumido, aprobada en el artículo 2° de la Resolución Nº 72/11 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO, modificatoria de la Resolución Nº 468/06 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, en UN MILLON SETECIENTAS CINCUENTA MIL (1.750.000) unidades anuales, en TRES (3) turnos de OCHO HORAS (8 hs.) diarias en DOSCIENTOS TREINTA Y UN (231) días al año, quedando la capacidad máxima total de producción en CUATRO MILLONES (4.000.000) de unidades anuales.
Art. 3° — Amplíase la producción mínima anual comprometida del proyecto presentado por la Empresa IATEC S.A. (INDUSTRIA AUSTRAL DE TECNOLOGIA S.A.), de equipos de radiocomunicaciones celulares móviles, sobre la base del equipamiento informado y del compromiso asumido, aprobada en el artículo 3° de la Resolución Nº 72/11 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO, modificatoria de la Resolución Nº 468/06 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, en CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTAS CUARENTA Y CUATRO (194.444) unidades anuales, en UN (1) turno de OCHO HORAS (8 hs.) diarias en DOSCIENTOS TREINTA Y UN (231) días al año, quedando la producción mínima total comprometida en CUATROCIENTAS CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTAS CUARENTA Y CUATRO (444.444) unidades anuales.
Art. 4° — En lo relativo al personal a ocupar en su planta industrial con motivo del presente proyecto de ampliación, la firma IATEC S.A. (INDUSTRIA AUSTRAL DE TECNOLOGIA S.A.) deberá adicionar al personal actualmente registrado, y sin perjuicio del que se incorpore en función de otras actividades, a VEINTIUN (21) empleados en UN (1) turno de OCHO HORAS (8 hs.) diarias en DOSCIENTOS TREINTA Y UN (231) días al año, comprometiéndose en consecuencia a mantener afectada a la producción de equipos de radiocomunicaciones celulares móviles la mencionada plantilla mínima de personal estable.
Art. 5° — El plazo máximo para la puesta en marcha del proyecto de ampliación de producción será a los TRES (3) meses de la entrada en vigencia de la presente resolución.
Art. 6° — El incumplimiento por parte de la Empresa IATEC S.A. (INDUSTRIA AUSTRAL DE TECNOLOGIA S.A.) a los compromisos establecidos en la presente resolución, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas por los artículos 7º y 11 del Decreto Nº 479 de fecha 4 de abril de 1995.
Art. 7° — Notifíquese a la interesada.
Art. 8° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Javier Rando.