Re: CECO2 Endesa Costanera PRECIO OPA
Publicado: Vie Mar 10, 2023 1:18 am
Estimados, estuve pensado sobre el precio de la OPA obligatoria que debe hacer central puerto.
Como se ha señalado hay ciertas condiciones mínimas que debe tener el precio de la OPA, y una de las cuales es el promedio de los precios de los 6 meses anteriores a la compra del 14 de febrero.
Ese precio promedio da unos 85 pesos….pero esta condición mínima data de varios años atrás, de cuando los balances se hacían en moneda sin ajustar, en moneda histórica, y eso terminó , y desde 2018 los balances se hacen ajustados por inflación, lo que es absolutamente lógico , razonable.
De hecho cuando una empresa aprueba el pago de un dividendo , el monto a pagar se ajusta hasta el día del pago con el último índice de inflación mensual conocido.
Considero que así como los balances y los dividendos se ajustan por inflación , máxime en un país con un 100% de inflación anual , también la CNv debe seguir el mismo criterio en el precio de una OPA obligatoria cuando se considera como mínimo , el precio promedio de Mercado de los 6 meses anteriores al 14 de febrero.
Para calcular el promedio de precios , deberían entonces ajustarse por la inflación, igual que en un balance o dividendo.
Tomando la inflación promedio de 6 meses, corresponde ajustar el precio más antiguo por 6 meses de inflación, y el anterior al 14 de febrero , nada.
Ósea , son tres meses de inflación con que deberían ajustarse los 85 pesos nominales , un 17% aproximadamente al 14 de febrero : 85*1,17= 99,5…al 14 de febrero, y así hasta el día de pago de la OPA.
Si fuera hoy , el precio mínimo ( si es que además es justo de acuerdo a una valuación independiente ) debería ajustarse además por la inflación transcurrida desde el 14/2, o sea un 5% adicional.
Esto daría al día de hoy , 105 pesos por acción, un 30% más que el precio de hoy, precio mínimo que deberá seguir ajustándose nominalmente por el tiempo que reste hasta la fecha de pago de la OPA ( igual que se hace con los dividendos ).
Espero que este criterio esté presente en el organismo de control porque es absolutamente justo y congruente con el régimen de las OPA obligatorias, y con la inflación reinante.
Imagínense, que la inflación fuera 20% por mes , y que pasarán dos meses más ..el precio promedio nominal de 85 carecería absolutamente de sentido.
Como se ha señalado hay ciertas condiciones mínimas que debe tener el precio de la OPA, y una de las cuales es el promedio de los precios de los 6 meses anteriores a la compra del 14 de febrero.
Ese precio promedio da unos 85 pesos….pero esta condición mínima data de varios años atrás, de cuando los balances se hacían en moneda sin ajustar, en moneda histórica, y eso terminó , y desde 2018 los balances se hacen ajustados por inflación, lo que es absolutamente lógico , razonable.
De hecho cuando una empresa aprueba el pago de un dividendo , el monto a pagar se ajusta hasta el día del pago con el último índice de inflación mensual conocido.
Considero que así como los balances y los dividendos se ajustan por inflación , máxime en un país con un 100% de inflación anual , también la CNv debe seguir el mismo criterio en el precio de una OPA obligatoria cuando se considera como mínimo , el precio promedio de Mercado de los 6 meses anteriores al 14 de febrero.
Para calcular el promedio de precios , deberían entonces ajustarse por la inflación, igual que en un balance o dividendo.
Tomando la inflación promedio de 6 meses, corresponde ajustar el precio más antiguo por 6 meses de inflación, y el anterior al 14 de febrero , nada.
Ósea , son tres meses de inflación con que deberían ajustarse los 85 pesos nominales , un 17% aproximadamente al 14 de febrero : 85*1,17= 99,5…al 14 de febrero, y así hasta el día de pago de la OPA.
Si fuera hoy , el precio mínimo ( si es que además es justo de acuerdo a una valuación independiente ) debería ajustarse además por la inflación transcurrida desde el 14/2, o sea un 5% adicional.
Esto daría al día de hoy , 105 pesos por acción, un 30% más que el precio de hoy, precio mínimo que deberá seguir ajustándose nominalmente por el tiempo que reste hasta la fecha de pago de la OPA ( igual que se hace con los dividendos ).
Espero que este criterio esté presente en el organismo de control porque es absolutamente justo y congruente con el régimen de las OPA obligatorias, y con la inflación reinante.
Imagínense, que la inflación fuera 20% por mes , y que pasarán dos meses más ..el precio promedio nominal de 85 carecería absolutamente de sentido.