Pero el BCRA (no soy abogado, asi que corrijan) es actor (o parte?) en esta situación y debe ser informado.
profiterol escribió:La suspensión inmediata de los efectos del decreto 2010, se tiene que haber notificado mediante oficio a la Presidente de la Nación Argentina. Otra cosa son las acciones de hecho, o los trascendidos periodísticos. Lo mejor para estar informado es leer el fallo que publica completo el Ámbito. La parte resolutiva es clara al respecto.-